viernes, 29 de marzo de 2013

¿Y si no es desahucio?

Los desahucios están, lamentablemente, de actualidad en nuestro país, pero, sin quitarles ni un ápice de la importancia que tienen, no puede olvidarse que en muchos otros casos, en los que no hay un inmueble al que "echar mano" para recuperar incumplidos por la atención de deudas contraídas a las que no puede hacerse frente, la Ley puede determinar el embargo de los bienes del deudor y, en ese caso, conviene tener noción de qué se puede y qué no se puede embargar, y si existe un orden de prelación. La práctica dice que en primer lugar se embargan los bienes que pueden venderse con más facilidad y que, en teoría, tengan menos valor para el ejecutado, aunque esto resulte discutible realmente.

Llegado el caso, los bienes se embargarán atendiendo al orden siguiente:
  • Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase.
  • Créditos, derechos a corto plazo, títulos, valores o instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores.
  • Joyas y objetos de arte.
  • Rentas en dinero, intereses y frutos de toda especie.
  • Bienes muebles o semovientes (animales que puedan tener un valor determinado por sus características, ganaderías, etc.), acciones, títulos o valores no admitidas a cotización oficial y participaciones sociales.
  • Bienes inmuebles.
  • Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas.
  • Otros créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo.
Existen, sin embargo, bienes inembargables para el ejecutado:
  • El mobiliario y el menaje de la casa y las ropas del deudor y de su familia, que no tenga consideración de superflua. Aquellos bienes como alimentos, combustible y otros que, a juicio del tribunal, resulten imprescindible para que el deudor y las personas dependientes de él puedan atender con razonable dignidad a su subsistencia.
  • Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado, cuando su valor no guarde proporción con la cuantía de la deuda reclamada.
  • Los bienes sacros y dedicados al culto de las religiones legalmente registradas. 
  • Las cantidades depositadas en planes y fondos de pensiones sujetos a la legislación vigente
En cuanto a los ingresos representados por sueldos y pensiones, es inembargable el salario mínimo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional. En cuanto al resto de salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones serán embargables según la siguiente escala:
  • Sobre la cuantía adicional que va hasta el doble del salario mínimo interporfesional, se podrá embargar el 30%
  • Hasta el importe equivalente a tres veces el salario mínimo interprofesional, el 50%.
  • Hasta el importe equivalente a cuatro veces el salario mínimo interprofesional, el 60%
  • Hasta el importe equivalente a cinco veces el salario mínimo interprofesional, el 75%.
  • Cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90%.
A estos porcentajes se les podrá aplicar una rebaja entre un 10% y un 15% en atención a las cargas familiares que se acrediten formalmente y sean admitidas como tales.
Si el ejecutado es beneficiario de más de una percepción, se acumularán todas ellas para deducir de una sola vez la parte inembargable. Igualmente se acumularán las retribuciones o equivalentes de los cónyuges cuando el régimen económico matrimonial no sea el de separación de bienes.
José María Gabriel y Galán
 Sobre el tema de los embargos y el drama que representan, viene a la memoria un poema del poeta extremeño José María Gabriel y Galán (1870-1905), escrito en un lenguaje que viene a ser una mezcla del antiguo castúo y castellano (no entraremos en purismos, pero el auténtico castúo es de más al sur de Badajoz y tiene unas características diferentes al que usa el poeta en su obra). El poema, con todo, no necesita traducción, y dice así:
Señol jues, pasi usté más alanti
y que entrin tos esos,
no le dé a usté ansia
no le dé a usté mieo…
Si venís antiayel a afligila 

sos tumbo a la puerta. ¡Pero ya s’ha muerto!
¡Embargal, embargal los avíos,
que aquí no hay dinero: 

lo he gastao en comías pa ella 

y en boticas que no le sirvieron; 

y eso que me quea, 

porque no me dio tiempo a vendello,
ya me está sobrando, 

ya me está gediendo!
Embargal esi sacho de pico, 

y esas jocis clavás en el techo, 

y esa segureja 

y ese cacho e liendro…
¡Jerramientas, que no quedi una! 

¿Ya pa qué las quiero? 

Si tuviá que ganalo pa ella, 

¡cualisquiá me quitaba a mí eso! 

Pero ya no quio vel esi sacho, 

ni esas jocis clavás en el techo,
ni esa segureja
ni ese cacho e liendro…
¡Pero a vel, señol jues: cuidaíto
si alguno de ésos 

es osao de tocali a esa cama
ondi ella s’ha muerto: 

la camita ondi yo la he querío 

cuando dambos estábamos güenos; 

la camita ondi yo la he cuidiau, 

la camita ondi estuvo su cuerpo
cuatro mesis vivo 

y una nochi muerto!
¡Señol jues: que nenguno sea osao 

de tocali a esa cama ni un pelo,
porque aquí lo jinco
delanti usté mesmo!
Lleváisoslo todu, 

todu, menus eso, 

que esas mantas tienin 

suol de su cuerpo… 

¡y me güelin, me güelin a ella
ca ves que las güelo!…

Dicho sea sin ánimo de desmerecer el sentido del poema, en la época en que se escribió, la cama ya era inembargable, como "enser no superfluo"

La crisis vista en Semana Santa

Llama la atención estos días, otrora de recogimiento y hoy de disfrute vacacional, en los que el hasta hace bien poco fuerte componente religioso ha pasado a ser poco más que un reclamo turístico de costumbres ancestrales, la comparación entre lo agudo y persistente de la crisis en la que estamos inmersos y la alta ocupación de hoteles en zonas turísticas así como el elevado número de viajeros que se observa en los aeropuertos, estaciones y demás lugares similares.

Porque ciertamente, la crisis aprieta y el sentimiento generalizado es el de desánimo, preocupación o miedo ante el escenario general en que nos encontramos. Pero no es menos cierto que, una vez más, se confirma que "la fiesta va por barrios" y es innegable que los efectos de la crisis no son iguales para todos; hay mucha gente a la que no le ha afectado mientras hay otros colectivos cuyo futuro está directamente destruido, por mucho que los poderes públicos se empeñen en presentar esos problemas como meros datos estadísticos.

Hay variados enfoques hacia el problema, pero el primer paso de todos ellos es el ser consciente del mismo, y no parece que quienes nos gobiernan, metidos de pies y manos en una insensata carrera a ver quién y cómo demuestra que es más austero, están dando lugar a que el tema se les vuelva abruptamente en contra y, entonces sí, no haya salida. Porque, salida, como las meigas gallegas, "haberla, hayla", y si no que se lo pregunten a Japón o Estados Unidos, que han sabido encarrilar positivamente la situación fuertemente desfavorable en la que se encontraban hace pocos años y hoy han reducido de forma importante sus cifras de paro y su economía está creciendo; aplicando medidas de austeridad, sí, pero no sólo con ellas. El caso de Alemania, atrapada en una feroz recesión el año 2004, con un desempleo que la desbordaba, que salió de la situación (con la ayuda, no lo olvidemos, del resto de socios de la UE) en años previos a la crisis. Otro gallo cantaría a la Sra Merkel, sus acólitos y sus recetas de austeridad über alles si la situación de hace una década se le reprodujera ahora. Esperemos, por cierto, que los indicadores de la evolución de la economía germana se enderecen de su tendencia negativa.


Pero volvamos a la reflexión inicial: la paradoja de esta crisis selectiva pone de manifiesto que hay sectores boyantes que, cuando menos, merecen cuidarse. Pero eso no basta: hacen falta medidas (no declaraciones vacuas de unos y otros) que permitan reactivar la economía, que den solución a muchos dramas humanos de paro de larga duración, de jóvenes que no encuentran un camino de futuro, de mayores de 45 años que ya son viejos para el mercado laboral, de desahucios (dejamos aparte la indispensable reforma de la Ley Hipotecaria para que, además de legal, sea justa) evitables si se recupera una fuente de ingresos....
Estaría bien que los poderes públicos conocieran (al menos, parecen desconocerlo) y aplicaran la economía social y no sólo la teórica, estadística y numérica que, dicho sea de paso, tampoco parecen dominar, a juzgar por las continuas rectificaciones que de las cuentas públicas se hacen desde el meollo de la UE.

martes, 26 de marzo de 2013

El desahucio preferente de Chipre

La actualidad no da tregua y a veces, como ahora, confluyen varias cosas que, si bien aisladamente ya provocan un cierto desasosiego, cuando se miran en conjunto hacen disparar los temblores y los sudores fríos. Es lo que ocurre estos días, para empezar, con la solución acordada por las autoridades de la UE (y admitida por su parlamento) al rescate de Chipre, que uno ya no sabe bien si es de su banca o de la economía del país.
Basta con leer la prensa, escuchar la radio o ver las múltiples tertulias televisivas para constatar que las medidas acordadas (impuestas) tienen detractores y seguidores, pero en un aspecto hay unanimidad, y es en el de haber traspasado la línea roja de la seguridad y confianza en el sistema a raíz de la quita a los depósitos, lo que ha originado las carreras y nervios en las bolsas de todo el mundo. Puede decirse que la teoría de la medida pasa por considerar que los titulares de los depósitos afectados son TODOS extranjeros atraídos por las favorables condiciones económico/financiero/fiscales que se les ofrecían, pero habrá que pensar que también haya ahorradores que con su esfuerzo han conseguido unos volúmenes que sobrepasan el mínimo que marca el límite de la quita.
Es inevitable en este punto recordar la responsabilidad de las autoridades de la UE que admitieron como socio a Chipre en 2008 (ya iniciada la crisis) sabiendo cómo era sus sistema financiero, con todas las trazas de ser un paraíso fiscal y que, para escarnio general, concedieron un aprobado a la banca de Chipre en el último test de stress en el que suspendieron algunas entidades europeas de cierto renombre.
Se ha puesto de manifiesto, además, que no hay un criterio único en la UE, condición inexcusable si se quiere avanzar en la idea de una Europa unida, y que eso de la "Europa de los ciudadanos" no pasa de ser un slogan cada vez más ajado, toda vez que se advierte el paso cambiado entre las declaraciones y las normas de la Unión y la realidad. Un primer ejemplo lo tenemos en lo expuesto de considerar a los impositores de la banca chipriota como parte de los bancos junto a los bonistas y accionistas (en este punto no tienen desperdicio las declaraciones de Merkel asegurando que había que felicitarse porque la solución a la que se había llegado era la de no pasar por los contribuyentes ¿no son contribuyentes los ahorradores, perjudicados por partida doble?). El segundo ejemplo, y con él cambiamos de tema, nos toca muy de cerca, como es el de las famosas preferentes cuyos titulares, como es sabido, son las víctimas de un atraco consentido; es cierto que estos instrumentos y otros similares se crean como modalidades de participación en el capital de una entidad y que, como tales, se vieron sometidos al cambio de condiciones para su canje y amortización establecidos por la UE. Sin embargo, una vez comprobado que en España se ofreció de forma masiva como una modalidad de ahorro seguro, las autoridades deberían haber averiguado quienes eran los autores del desaguisado para depurar responsabilidades y, acto seguido, consensuar con la UE una excepción temporal de la aplicación de la norma contable en tanto se buscaba una alternativa razonable de recuperación de los ahorros, aplicando el código penal cuando fuera necesario, en lugar de beneficiar la continuidad de entidades y personas a su frente que han demostrado, en el mejor de los casos, marcada ineptitud, y exigir el cumplimiento de una ley comunitaria para situaciones artificialmente lesivas.
Y con las leyes llegamos al tercer punto de conexión de hoy, el de los desahucios. Se demuestra aquí una vez más que el tempus de ciudadano y de los poderes públicos difiere notablemente. No es ya que éstos no se den por enterados de la última sentencia del Tribunal Europeo de Justicia que considera ilegales los actuales (¡desde hace veinte años!) desahucios basados en cláusulas abusivas paralizándolos de inmediato, sino que no se ve voluntad de reformar la Ley Hipotecaria, en una ceremonia de confusión que parece dirigida a favorecer a los bancos.


El grave riesgo que corremos todos es se está viendo que el problema de los desahucios se le está yendo de las manos al gobierno que sólo incurre en declaraciones altisonantes y salidas de tono en su fondo y en su forma ignorando que no puede exigirse igual actitud a quien se ve desprovisto de su casa que a quien reivindica la tranquilidad de poder dedicarse a la labor pública en cuya agenda, por cierto, no está priorizar el estudio de la salida de ese problema acuciante del ciudadano que le votó.

viernes, 22 de marzo de 2013

Enseñanzas del caso de Chipre

Cuando se redactan las líneas de esta reflexión, estamos aún asistiendo a las idas y venidas del gobierno de Chipre, de la Unión Europea, de Rusia de la Iglesia Ortodoxa,... en un frenético intento de llegar a una solución que sea aceptable para todos los actores de este sainete trágico y no siente un precedente peligroso para el futuro de toda la zona euro y, por extensión, para todo el mundo.
Pero, entre lo que se va sabiendo y lo que aún nos falta por saber, ya hay algunos aspectos que llaman poderosamente la atención y merecen una reflexión pausada (de urgencia, pero pausada):

- Sea cual sea la solución final, la primera evidencia es que el enfoque del problema ha hecho saltar por los aires dos pilares fundamentales: la confianza en el sistema por parte de los ciudadanos (a los que se había jurado y perjurado que, en las soluciones a esta crisis que ellos no habían provocado, estaban a salvo) y la propias políticas de la UE, una vez que se ha demostrado que "los mercados" exigen recortes para cobrar sin problemas sus préstamos institucionales y les importa un rábano cómo se consigan esos recortes.

- Se pone de manifiesto una vez más que la arquitectura del edificio que es la UE es deficitaria, que es posible que en su día hubiera un exceso de ingenuo buenismo o que no se calibraran adecuadamente los peligros de una unión monetaria sin que previamente se abordara la armonización fiscal, la normalizacíón de la unidad comercial, la unidad financiera y, finalmente, la económica y monetaria. La pregunta a estas alturas es si hay margen (de tiempo y medios) para corregir el error o ha llegado la hora, como abogan algunos, de rediseñar Europa, y de dejar en stand by el euro, del que saldrían en primer lugar los países del sur, empezando por Chipre, o, atendiendo a otras teorías, los países del norte, encabezados por Alemania. Es importante señalar que este posible rediseño europeo se basa (para algunos estudiosos calificados) en regiones, y no en estados, en función de su viabilidad económica y su presunta aportación a la idea común, barajándose seriamente la existencia de Catalunya y el norte de Italia como independientes.

Sin comentarios
- Sobre la base del punto anterior, en lo concerniente a la necesidad de armonización fiscal, es como puede analizarse el hecho de que Chipre, integrado en la UE, tuviera un régimen fiscal de los depósitos bancarios más favorable que el resto de sus socios europeos, convirtiéndose en un imán para capitales, especialmente rusos, de, al parecer, procedencia dudosa. Al respecto cabe recordar que Chipre ingresó en la UE en 2008 y hasta 2006 estaba catalogado como paraíso fiscal ¿No se sabía o se miró para otro lado? Afortunadamente (puntualizo: afortunadamente) para todos, el tamaño de las finanzas de Chipre es el 0,2 % de la UE, pero pensemos que en ese sistema financiero, los depósitos (casi la mitad de ellos de ciudadanos rusos), son siete veces el PIB del país. Este hecho confirma lo que los estudiosos del fenómeno de los paraísos fiscales vienen alertando desde siempre: cuando se aplican condiciones favorables para atraer capitales, la realidad indica que, muy frecuentemente son tantos los que llegan que pueden exceder la capacidad de controlarlos, y a veces (hay ejemplos sobrado) son esos capitales los que dominan a esa jurisdicción, y no al revés. Y una conclusión: ¿alguien piensa, a la vista del ejemplo de Chipre, que las declaraciones altisonantes sobre la necesidad de acabar con los refugios financieros puedan ser algo más que recursos retóricos? ¿cómo acabar con ellos si, por ejemplo, en este caso, cuando hay pocas dudas sobre el origen dudoso de muchos depósitos, han salido inmediatamente a la palestra en su defensa (de todos, no sólo de los limpios) las autoridades rusas, a las que, por cierto, ya acudió Chipre en demanda de ayuda y no se descarta que actualmente vuelvan a hacerlo?

lunes, 18 de marzo de 2013

El embrollo de Chipre

La publicación de las condiciones impuestas a Chipre para formalizar el rescate de su economía ha originado un tsunami de alcance y resultados aún por ver.
Y es que, por primera vez, se ha traspasado la línea de confianza en el sistema que han (hemos) de tener todos los ciudadanos. Cabe puntualizar que esa expresión de "por primera vez" no es un recurso retórico sino que, en puridad, puede repetirse en otras acciones futuras, digan lo que digan los diferentes gobiernos, cuando la situación, como en este caso, se presenta como un chantaje en toda regla: "o se admite la quita a todos los depósitos o se deja caer la economía del país. Voten ustedes.", con lo que la votación prevista para hoy en el Parlamento chipriota no pasa de ser una escenificación de un mal trago que se presenta como imprescindible, como ya ha declarado su recientemente elegido primer ministro.

Antes de continuar, repasemos el marco: la República de Chipre, de una extensión algo menor de la cuarta parte de Catalunya, ocupa la parte sur de la isla de Chipre, cuya parte norte es la República Turca de Chipre después de la ocupación de esa parte de la isla por Turquía hace casi cuarenta años. La población de la República de Chipre, miembro de la UE, no llega al millón de habitantes y su economía, equivalente al 0,2 % del total de la UE, se basa en el turismo, los cítricos,... y el sistema financiero, con unos activos en su banca que llegan a ocho veces su PIB.

Ese volumen de su sistema se fundamenta sobre todo en la laxitud de su régimen fiscal, unido a los lazos históricos que le unen a Rusia, al Reino Unido y a Grecia, lo que ha originado, por una parte, un gran atractivo de capitales de procedencia por aclarar aportados desde Rusia, un importante número de cuantas de empresas británicas, y, por otra parte, una enorme dependencia de Grecia, a la que hicieron cuantiosas inversiones en bonos cuyo valor se vio seriamente afectado por las condiciones impuestas por la UE en el rescate a la economía helena.

Precisamente la lucha contra la opacidad del origen de capitales rusos se ha esgrimido como argumento para defender la eficacia de la tasa a los depósitos, pero, si eso fuera así, ¿no hubiera sido razonable también implantar igual medida a jurisdicciones de todos conocidas, paraísos fiscales, cuya metrópoli es, por ejemplo, Londres o La Haya? Pero es que, además, como quiera que la quita impuesta se viene avisando desde hace años como parte de la negociación del rescate (para ser exactos, de la misma forma que la subida del IVA entre nosotros, diciendo una y otra vez que no se aplicaría), los capitales extranjeros más relevantes ya "han volado", y la penalización se reduce a los ahorradores nacionales.

Es este último factor lo que produce la preocupación general y, muy en particular, la de los ciudadanos de los países rescatados como Portugal, Grecia, Irlanda, España y, en menor medida, de otros como Italia, y lo que justifica la declaración de Draghi de que el problema, pese a ceñirse a un país que, como hemos apuntado, sólo representa el 0,2 % de la economía de la UE, es sistémico porque afecta a la línea de flotación de la confianza en el sistema. No deja de ser llamativa al respecto la unanimidad de los representantes del FMI, del BCE, del Eurogrup, de la Comisión Europea y del Mecanismo Europeo de Estabilidad cuando afirman al unísono que las medidas adoptadas evitarán la quiebra descontrolada de los bancos chipriotas que tendrían consecuencias nefastas para la eurozona, y permitirán preservar la estabilidad en ella.

¿Chipre: pilares que se derrumban?
Y eso cuando empieza su andadura en España el decreto sobre las jubilaciones, cuando la economía británica (fuera del euro) encara su tercera recesión en cuatro años y cuando las cuentas de Alemania empiezan a estar seriamente en entredicho. ¿Qué salida queda sino una revisión a fondo del sistema)

sábado, 16 de marzo de 2013

Leyes vs- justicia

La reciente publicación, el día 14 de este mes de marzo, por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de la Sentencia en el asunto C-415/11 Mohamed Aziz / Catalunyacaixa mediante la que propinan un varapalo importante a los legisladores y gobiernos españoles (en plural, porque desde el año 1993 ha habido varios) en lo relativo a lo que venía siendo clamor popular, es decir, la evidencia de que la Ley Hipotecaria que padecemos está pidiendo a gritos una revisión, de formas, pero, sobre todo, de fondo, ofrece algunos aspectos conexos en los que quizá vale la pena reparar. Entre otros:

- La sentencia hace referencia al incumplimiento por parte de España de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con 
consumidores (DO L 95, p. 29), es decir, de una Directiva del año 1993 (¡hace VEINTE años!),. lo que significa que los diferentes gobiernos no se han preocupado de revisar las leyes concernientes a la misma y han mantenido a sabiendas una legislación que permitía la existencia de esas cláusulas abusivas a las que se hace mención. (¿De verdad es eso gobernar pensando en el bienestar de los españoles?)

- Sorprende esta lentitud en la transposición de la Directiva, que únicamente pretende acabar con algunos abusos que sufrimos los consumidores, con la celeridad en lograr el consenso (?), quebrantar la Norma en la tramitación del procedimiento y modificar en un fin de semana la Constitución cuando lo que se pretende es contentar a los mercados en temas presupuestarios. En plata, primar el pago de intereses de deuda sobre, por ejemplo, la inversión en sanidad.

- El gobierno ha perdido legitimidad en su actitud de que lo más importante es "hacer cumplir la Ley" cuando han mantenido como vigente, precisamente contraviniendo la Ley que les obligaba a su transposición, una Ley que ya se afirmaba que era inmoral, pero que ahora, además, se proclama oficialmente que es injusta. Sin ánimos de populismo, y pensando en la no retroactividad de la sentencia, ¿cómo piensa el gobierno resarcir a todos los perjudicados a los que su incompetencia ha hecho perder, en algún caso, incluso la vida?

- No deja de llamar la atención que la sentencia nace del planteamiento de una cuestión prejudicial desde un juzgado de lo mercantil de Barcelona, y es de alabar la sensibilidad mostrada por muchas personas dentro del estamento judicial, pero de aquí nace algunas preguntas. ¿Ningún otro juez advirtió de la indefensión del ciudadano en algunas de estas causas que le llegaban? ¿Tan hermética era la actuación del Poder Judicial que fue necesario acudir a instancias europeas para plantear la cuestión? ¿Tan alejado de la realidad estaba/está el Gobierno como para no escuchar las demandas de una de las partes mientras ayudaba, con el dinero de todos, eso sí, a la otra parte?

Volvemos a repetir lo que resulta obvio desde hace tiempo: en lugar de embarcarse en leyes-parche que son inútiles como la pergeñada en torno a los desahucios, lo que resulta cada vez más imprescindible es la revisión de una Ley Hipotecaria antigua e injusta. Si se cambió en un plis-plas la Constitución para contentar a los mercados, no debe ser tan difícil cambiar una Ley para beneficiar a todos los españoles, incluso los bancos, que ganarían en transparencia y seriedad.


Para finalizar, incluimos la posibilidad de consultar aquí el Comunicado de Prensa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el que se resume la sentencia en lugar de ésta que, por otra parte, merece ser leída con atención por la contundencia de su análisis y la eficacia de su exposición, que no deja resquicios a la interpretación sesgada.


miércoles, 13 de marzo de 2013

Riesgo de blanqueo de capitales por países: España

El pasado día 5 se marzo, el Departamento de Estado de los Estados Unidos publicó el informe anual sobre estrategia para control de narcóticos (International Narcotics Control Strategy Report - INCSR) cuyo segundo volumen se dedica a detallar la actuación de la comunidad internacional ante el blanqueo de capitales y delitos financieros, deteniéndose en el análisis de las medidas tomadas para mejorar sus sistemas de prevención o represión. Se establecen así tres categorías de países según la importancia que tienen en ellos las transacciones financieras afectadas por el blanqueo de capitales.
El criterio de clasificación es diferente del usado por el GAFI (centrado en el nivel de cumplimiento de  los estándares legales y de cooperación internacional) ya que la preocupación reflejada en el INCSR obedece a que el país presente debilidades de regulación y/o supervisión o, simplemente, porque por su sistema financiero circule un gran volumen de transacciones que pueden esconder operaciones
vinculadas al delito; por ello no debe de extrañar que Francia, Reino Unido o los propios Estados Unidos se clasifiquen como de gran preocupación.
La lista de 64 países de "preocupación primaria", en la que se encuentra España, es la misma del último informe, después de la incorporación en 2011 de Curaçao y St.Marteen, entidades autónomas de Holanda que sirven como tránsito de drogas entre Sudamérica y Europa.

Por lo que respecta a España, incluido como se apunta en la relación de 64 países de preocupación primaria, extractamos algunos aspectos del informe (que puede consultarse íntegramente, en inglés, clicando aquí) a continuación:


España es uno de los grandes centros europeos en el blanqueo de capitales, así como una importante puerta de entrada de droga en Europa desde América del Sur y desde el Norte de África, aunque la aplicación de la ley española en la lucha contra la delincuencia organizada, el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales durante los últimos cinco años ha reducido el atractivo del país como punto de entrada.
El blanqueo se relaciona con el tráfico de drogas, la delincuencia organizada, el apoyo financiero para el terrorismo y la evasión tributaria. El producto del delito se sigue  invirtiendo en inmuebles en zonas costeras otrora en auge en el este y sur del país, pero también en otros sectores como servicios, comunicaciones, automóviles, obras de arte y el sector financiero. Que desde España se tenga acceso a las instituciones financieras europeas permite la introducción de fondos ilícitos en el sistema financiero mundial con más facilidad.
El hachís de Marruecos y la cocaína de América Latina entran en el país y se distribuyen y se venden en toda Europa, regresando a España con frecuencia el producto del delito. Los servicios informales de transferencia de dinero también facilitan las operaciones de efectivo entre España y América Latina. Las fuerzas de seguridad citan la existencia de una tendencia emergente consistente en la entrada de drogas y dinero delictivos en España desde los nuevos miembros  de la Unión Europea (UE) que tienen capacidades coercitivas y de represión menos potentes.
La evasión de impuestos en los mercados internos también sigue siendo una fuente de fondos ilícitos en España. 

España siempre ha combatido las organizaciones terroristas, tanto nacionales como extranjeras, y se han identificado diversas vulnerabilidades que incluyen las donaciones para financiar organizaciones sin fines de lucro;  el establecimiento de empresas editoriales que imprimen  y distribuir libros o revistas con fines de propaganda, fraude fiscal; el establecimiento de "asociaciones culturales"; y otros sistemas informales de envío de transferencias conocidos como locutorios (centros de comunicación que a menudo ofrecen servicios de transferencia) que  se usan para mover dinero en y fuera de España, haciendo pequeñas transferencias internacionales para los miembros de la comunidad inmigrante. Los reguladores españoles también han notado la presencia de redes de hawala en la comunidad musulmana.
En abril de 2010, España aprobó una ley para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo que introduce un enfoque basado en el riesgo e impone requisitos estrictos para las entidades financieras, así como para las actividades y profesiones no financieras designadas. Además, la ley aumenta en gran medida la capacidad de las autoridades para combatir la financiación del terrorismo, estableciendo mayores  requisitos a las entidades financieras y otras empresas, y por incremento de las penas y la vigilancia y supervisión. La ley entró en vigor de inmediato; sin embargo, los reglamentos de aplicación no se aprobarán, previsiblemente) hasta 2013 y hasta entonces, muchas de sus disposiciones no se aplican. En el ínterin sigue en vigor el reglamento de la ley de 2005. España debería implementar las disposiciones de la nueva ley.



El gobierno español ha aumentado sus esfuerzos para luchar contra el fraude y abordar el tema de la economía sumergida mediante una ley antifraude que entró en vigor el 31 de octubre de 2012 que restringe las transacciones en efectivo entre las empresas y los profesionales y también establece una nueva obligación de informar sobre los activos en el extranjero y amplía la responsabilidad en la sucesión de empresas, entre otras medidas.

En 2010, la Red de lucha contra los Delitos Financieros (FinCEN), la unidad de inteligencia financiera de los EE.UU., suspendió el intercambio de información con su homólogo español, el Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) debido a una divulgación no autorizada de información del FinCEN por parte de las autoridades españolas. Este intercambio podrá reanudarse mediante la negociación de una versión actualizada de un memorando de entendimiento Las fuerzas de seguridad y el poder judicial, en todo caso, intercambian  información con los EE.UU. relacionada con el blanqueo de capitales.
Actualmente España no hace seguimiento del número total de procesamientos y condenas por delitos de blanqueo de capitales. Cuando el blanqueo se produce en conjunción con un delito determinante, sólo el delito determinante es registrado en las bases estadísticas, por lo que las cifras sobre los delitos de blanqueo sólo reflejan aquellos casos en los que la condena fue precisamente por blanqueo por sí solo, sin otro delito. España debe mantener y difundir las estadísticas sobre las investigaciones y procesos judiciales.



martes, 12 de marzo de 2013

Boletín nº 22.- Los principios (olvidados) del estudio de riesgos


UNA HISTORIA DE ANDAR POR CASA

Se dice, no sin un punto de malicia, que un economista es “un experto en adivinar el pasado”, habida cuenta de los numerosos fallos en conocidos pronósticos de futuro inmediato. Sin embargo, algo de cierto hay en esa definición: la labor de un economista también pasa por la interpretación de hechos y circunstancias pasados de forma que su análisis sirva de base para que, quien esté facultado para tomar decisiones, las tome con bases sólidas.  Se asemeja en ese punto a un historiador, si bien tiene importantes diferencias con él, ya que aunque los objetivos buscados por uno y otro pueden tener (y seguramente tienen) puntos de coincidencia, no pueden equipararse totalmente.
Por ejemplo, si se analiza el papel de la reina Isabel “la Católica” en la financiación de los viajes de Colón a la entonces desconocida América y en la conquista del último reino nazarí de la península, en Granada, un historiador no referirá conexión entre uno y otro, limitándose a dejar constancia de ambas gestas con la coincidencia del tiempo y del personaje histórico. Sin embargo, un economista no pasaría por alto la eventualidad de que las arcas reales estarían lo suficientemente agujereadas por el asedio a Granada como para iniciar nuevos y costosos dispendios; y entonces, curiosamente, acude al historiador, que le informa de que las arcas casi no se vieron afectadas por el episodio toda vez que el papel de Isabel se limitó prácticamente a hacer de intermediara ante el Cardenal Cisneros, que, a la sazón, había secuestrado a los hijos del rey moro Boabdil con la intención de acabar con ellos (Cisneros no se caracterizaba precisamente por su caridad cristiana) para que los liberara y los devolviera a su padre…. a cambio del reino de Granada.
Hay que recordar que la gestión de Isabel en ese asunto fue positiva, los hijos del monarca nazarí fueron liberados, Boabdil se rindió, Granada pasó a manos cristianas, la reina pudo financiar la expedición de Colón, y todo lo demás ya es historia.

Una vez sentada la analogía, hay una particularidad que resulta curiosa, y es la evidencia de que estudiosos de la Historia ha habido siempre y en todas las épocas pero que la ciencia económica es de implantación moderna a pesar de que la actividad económica es casi tan vieja como loa humanidad.

Para entenderlo, hagamos un poco de historia rápida: existen pruebas de que una actividad económica parecida a la actual ya se efectuaba en tiempos de Abraham, pues los antiguos sumerios tenían un sistema singularmente complejo de prestar y recibir préstamos, mantener dinero en depósito y proporcionar lo que hoy serían cartas de crédito.  En Babilonia, en el siglo XVIII a. de C., hay registros de operaciones (regidas por el código de Hammurabi), de actividad “bancaria” que, como más tarde sucedería en Grecia, se centró alrededor de los templos religiosos, cuya naturaleza sacrosanta suponía una seguridad contra los ladrones. En Grecia, los que se dedicaban a esta actividad eran conocidos como trapezitas en honor a la trapeza, mesa detrás de la que estaban en las tiendas, a veces destinadas a otro tipo de actividad comercial, pero muy a menudo a las transacciones bancarias. Los “bancos” más importantes seguían siendo sin embargo los grandes templos, donde los sacerdotes hacían fructificar el dinero que recibían en depósito en función de los préstamos concedidos a los particulares y a las ciudades.
Ya en el siglo I, los persas utilizaban en sus transacciones una especie de “letra de crédito” o sakk, antecesor del actual cheque, y de enorme utilidad en las transacciones medievales. Con la necesidad de financiar las cruzadas, la actividad financiera tuvo un nuevo auge, y se atribuye a los templarios el invento de los préstamos con plazos e intereses tal como los conocemos ahora (saltándose a la torera, dicho sea de paso, las enseñanzas de la Santa Madre Iglesia, que condenaba tales prácticas), y a los  avispados comerciantes italianos la primera operación de “cambio de divisas”[1]. El primer banco moderno, el Banco di San Giorgio, fue fundado en Génova en 1406 y fue seguido rápidamente por otros en ciudades como Florencia, Pisa, Venecia y la propia Génova. El nombre "banco" deriva de la palabra italiana banco, "escritorio", utilizada durante el Renacimiento por los banqueros judíos florentinos que hacían sus transacciones sobre una mesa cubierta por un mantel verde.
Durante los siglos XVIII y XIX se produjo un crecimiento espectacular en la actividad bancaria y los bancos jugaron un papel clave en el canje de monedas de oro y plata por el nuevo invento del papel moneda. Para asegurar la estabilidad económica general y dar garantía a los clientes se hizo necesario, ya en el siglo XX, organizar una regulación financiera en casi todos los países, para establecer las normas mínimas de la actividad bancaria y de la competencia financiera y evitar en lo posible quiebras bancarias, especialmente durante las eventuales crisis económicas.
Hay un aspecto consustancial con la actividad bancaria que es el riesgo, y concretamente el de crédito (origen, según nos dicen, de casi todos los males que afectan en esta crisis a las entidades financieras), que procede de la incertidumbre existente sobre sucesos que afecten a la disminución de la categoría crediticia del deudor –incluyendo entre otros, el posible impago- . Desde el punto de vista histórico, el riesgo de crédito es el más antiguo de los riesgos financieros, que ya se cita en el código de Hammurabi, en el que se establecen una serie de normas que regulan el crédito, dejando constancia escrita de la existencia del riesgo de crédito en la antigua Babilonia, 1.800 años antes de Cristo, como se ha citado más arriba.
Sin embargo, a pesar de su antigüedad, el riesgo de crédito no despierta el interés de los académicos y profesionales hasta mediados de la década de los noventa del pasado siglo, evolucionando técnicamente desde sistemas de análisis más “informales” como lo fue, por ejemplo en la antigua Roma el estudio de las vísceras de una animal sacrificado (que ya me diréis qué culpa tenía de las posibles desavenencias entre quien solicitaba y quien prestaba). Una muestra de ello es la escasez de publicaciones que existe sobre este riesgo hasta la fecha.

Pero, en definitiva, experiencia acumulada, hay; regulación, también. ¿Qué se ha olvidado o no se ha tenido en cuenta para que la banca (no incluimos aquí a la llamada “banca de negocios”, que muy poco tiene que ver con el negocio bancario pese a su nombre) esté como está?


Los principios (olvidados) del estudio de riesgos

Es usual referirse al estudio del riesgo crediticio como un arte, aunque con un evidente componente técnico, eso sí. Y no es excesivo tal paralelismo toda vez que, efectivamente, para diagnosticar, dentro de lo razonable, la viabilidad de una operación de activo, no basta con la aplicación de recursos que permitan desbrozar las dudas en cuanto a los aspectos cuantitativos o que guíen en la determinación de algunas variables importantes (como el scoring) dentro de los aspectos no cuantitativos, sino que, además, el analista debe tener el “olfato” profesional suficiente para descubrir y resaltar aquellos puntos favorables o desfavorables en el marco de la operación[2].
Debo señalar, antes de continuar, que estas líneas no pretenden ser un compendio de análisis de riesgos en la banca, y, por consiguiente, que nadie espere mención a otro riesgo que no sea el de crédito, y más concretamente con particulares, sin extenderse a otros tipos de riesgos (de mercado, de liquidez, operativo…) que son presentes también en la gestión bancaria cotidiana. Antes bien, lo que se pretende es analizar desde el sentido común en qué ha fallado el sistema para, como historiadores/economistas, poder señalar algunas pautas válidas para evitar que se repita.
Y ese sentido común nos hace recordar la secuencia instintiva de análisis de todas las operaciones de riesgo: quién es el peticionario, a qué quiere destinar los fondos, cómo los piensa devolver y, a título prudencial, de qué alternativas de cobro se dispone. No está de más advertir que, en esta secuencia no aparece por ningún lado la rentabilidad de la operación que, en cualquier caso, permitirá autorizar o denegar la operación una vez TODO el resto de análisis sea favorable, pero nunca formará parte del propio análisis. Lo relevante es que la secuencia de análisis indicada, además, se manifiesta eficaz en ese orden, y alterarlo puede conducir a resultados desastrosos, como se verá seguidamente.

¿Conoce la banca a su cliente?

No debe olvidarse que la relación entre una entidad y su cliente no es sino la continuación de la relación personal entre la persona del gestor y la persona del cliente, y esa relación se basa en la confianza mutua, de tal forma que la “química” (que existe) entre personas marca la fiabilidad en el trato y hace que, en ocasiones, una operación de la que no se dispone de toda la información no ofrezca dudas mientras que otra perfectamente documentada aparezca como la piel de un erizo, sin poder manejarla. Es evidente que, no solo no se tiene conocimiento completo de todos los clientes sino que, habitualmente, a la mayoría ni se les conoce. Y no digamos el segmento de “no clientes”. Por ello, la misión de la entidad para con el cliente peticionario de crédito es conseguir cuanta más información (de la persona, de su trabajo, de su entorno familiar y social, de su historial financiero, de saber “a qué dedica el tiempo libre”,…) para disponer de elementos de contraste que permitan concluir, razonablemente, que la persona es merecedora de crédito. Otra cosa, siguiendo los criterios metodológicos de Basilea II es que pueda asumir precisamente el crédito que pide, para lo que es preciso continuar la línea de trabajo y de análisis.
A la vista de cuanto antecede, no parece necesario insistir en que, si con la información de que se dispone, persisten dudas sobre el cliente, el estudio de la operación ha finalizado y el dictamen es negativo.

¿En qué empleará el cliente los fondos que solicita?

Hagamos una reflexión previa: un amigo nos pide una ayuda de un importe significativo. Estoy seguro que la primera pregunta que le hacemos (y no dudamos de él) es “¿para qué lo quieres?”, porque, según para lo que lo pida, nuestro dinero no se lo dejamos. Cuando profesionalmente hacemos la misma pregunta, parece una obviedad pero no sería la primera vez que un cliente miente sobre el destino previsto de los fondos y eso es así porque, efectivamente, como ocurre a nivel personal, incluso el cliente sabe que hay finalidades que no se financian. La finalidad, pues, debe quedar acreditada antes de continuar el estudio ya que, de otra forma, podría incurrirse en el error de bulto, origen de muchas situaciones delicadas actuales, de considerar que, si se puede pagar, todo se puede financiar. ¿Se puede financiar la compra de un alijo de droga? ¿O la compra de un terreno en la luna (hay una empresa americana que los vende)?
Siempre que sea posible, la finalidad prevista debe estar convenientemente documentada. Además, el conocimiento del destino previsto de los fondos permite asignarle el producto financiero más adecuado evitando así que, por ejemplo, la compra de una vivienda para quien ya dispone de tres, pongamos por caso, no se financie mediante un préstamo hipotecario de primera vivienda, con sus condiciones y ventajas, o que determinadas líneas de crédito sean eso, de crédito, cuando correspondería  de préstamo con amortizaciones pactadas.

¿Genera el cliente los suficientes fondos para afrontar la operación?

Es esta la pregunta clave cuya respuesta ha de ser lo suficientemente nítida y positiva como para permitir autorizar la operación. Hay dos escollos, sin embargo: el cómo acreditar esa capacidad y qué ocurre cuando la operación es limpia pero no se alcanza por poco el importe necesario.
Empecemos por la cuenta de la vieja: una persona tiene ingresos, gastos y obligaciones (suministros, colegios, servicios, etc.). Si solicita un crédito, lo razonable es pensar que de la diferencia entre sus ingresos y la suma de gastos y obligaciones ha de salir, después de quitar lo que destine a vivir, el importe de la cuota del crédito que pide. ¿Dónde está el problema? En que, a veces, no hay forma de demostrar fehacientemente cuáles son esos ingresos y esos gastos, sea porque los documentos aportados no son consistentes, sea porque no están declarados o por otras razones. En estos casos, la prudencia dicta que no debe avanzarse en el estudio, pero la observación de estos últimos años previos a la crisis demuestra que, posiblemente debido a la presión sobre las oficinas en esa insensata lucha por el tamaño que tuvo lugar no hace mucho tiempo en la banca, se olvidó la prudencia y se autorizaron un número importante de operaciones en las que la duda sobre la eficacia de la documentación acerca de la capacidad para su reembolso traspasaba con creces el umbral de la razonabilidad.

De mayor calado es la casuística originada cuando la capacidad de generación de fondos del peticionario es insuficiente. Si el resto de condiciones del estudio son favorables, y solo en ese supuesto, puede solicitarse un avalista, y aquí nace la mayor perversión observada en los últimos tiempos. Veamos.
La banca siempre ha dicho que su labor es administrar dinero de terceros prestándolo a quien lo requiera y pueda devolverlo, y no hacer de vendedora de pisos; es razonable, por tanto, que ante una situación de justeza del cliente, se le argumente que “el dinero del préstamo que solicitas no es del banco, sino de sus clientes, de manera que, como ya ves que a ti no te alcanza para pagarlo y nosotros hemos de preservar su integridad para sus legítimos dueños, deberías aportar un avalista que pague las cuotas en caso de que tú no pudieras hacerlo. Impecable, ¿verdad? Pero no se hizo exactamente así, sino que en esa fiebre por decir que se crecía al ritmo exigido, tanto en pasivo como en activo (y era necesario en este segmento, por lo tanto, autorizar cuantas más operaciones, mejor) esa capacidad alternativa de cobro se transformó lisa y llanamente en la aportación de una finca adicional cuyo valor en ese momento, sumado al que aportaba el titular principal, excediera con creces el importe solicitado[3]. Siguiendo este criterio, en muchas entidades (hay que decir que no en todas, por fortuna) se circularizó la orden de que, en el estudio de operaciones de activo, lo que contaba era el valor de las garantías aportadas hasta el punto de que una capacidad de reembolso holgada sin garantías adicionales no era suficiente y que una garantía holgada podía cubrir cualquier deficiencia en el análisis.

¿Para qué sirve una garantía?

Hay determinadas operaciones financieras que, per se, incorporan la garantía (el ejemplo más corriente es el del préstamo hipotecario) mientras que en otras deben señalarse explícitamente. Sea como sea, el cliente debe saber que el motivo de aportar una garantía significa que, en caso de impago y cumpliendo determinados requisitos, la entidad puede proceder a vender la garantía y cubrir con el importe obtenido la operación dificultada.
Esta práctica se ha llevado a cabo con normalidad y sin estridencias hasta fecha reciente. Y ello porque, en operaciones que han resultado perjudicadas y  en las que se señalaba específicamente la garantía, el cliente ya era consciente de la responsabilidad asumida y la ejecución no comportaba problema adicional; del mismo modo, en época artificialmente expansiva, el aumento constante del valor de la garantía fincaria hacía que con la ejecución se alcanzara sin agobios el importe pendiente e impagado y la operación se resolvía sin secuelas.
Pero, contrariamente a lo sostenido por algunos departamentos de análisis de riesgo de algunas entidades, el valor de la garantía, no solo no es inmutable sino que está afecto también a las veleidades de mercado, particularmente crueles cuando estalla la burbuja inmobiliaria[4]. Y los clientes (y, creedme, algunas entidades también) han descubierto que la ejecución de garantías, a veces, no basta para cancelar el préstamo dificultado y las situaciones dramáticas se han convertido en datos estadísticos. No hay una solución a corto plazo para este problema, salvo la necesaria revisión serena de las leyes, que, a diferencia de lo declarado por los portavoces de algunas entidades, no encarecerían el crédito, sino que ajustarían el valor de la garantía al importe concedido en función, casualmente, de esa garantía. Algo así como lo que ya sucede con los leasings (incluso hipotecarios) y otras operaciones con garantía.

Conclusiones

Se hace evidente que, con un riguroso estudio de riesgo/persona, siguiendo una secuencia que, de puro intuitiva parece un juego, algunas situaciones perniciosas actuales se podían haber evitado. La pregunta de fondo es que, si estos principios son más que conocidos por todas las entidades, ¿cuáles pueden haber sido los motivos para no seguirlos? Porque está claro que si era el crecimiento, no parece que los resultados hayan sido realmente de crecimiento.
De todas formas, cabe recordar el refranero, tan sabio él, que dice que ·”El hombre es el único animal que tropieza dos veces con la misma piedra”. Más de dos veces, diría yo.  Para finalizar demostrando que las reflexiones de puro sentido común que anteceden no son atribuibles solo a una situación puntual sino que esos “olvidos” obedecen a causas más frecuentes, no me resisto a citar la carta que el entonces Interventor de la Moneda y más tarde Secretario del Tesoro de Estados Unidos, Hugh McCulloch, dirigió en diciembre de 1863 a todos los bancos nacionales que se habían organizado en fecha reciente. He aquí algunos de sus párrafos:

·                     “No conceda créditos que no estén asegurados más allá de toda contingencia razonable. No haga nada para animar o promover la especulación. Facilite solamente las transacciones que sean legítimas y prudentes. Que sus descuentos sean por un plazo tan corto como le permita el negocio de sus clientes, e insista en que el pago de todo el papel se realice al vencimiento, tanto si usted necesita el dinero como si no. No renueve nunca una operación o una factura simplemente porque no conozca dónde colocar el dinero con el mismo rendimiento, en caso de que el pago se realizase. De ninguna otra forma puede usted controlar adecuadamente su línea de descuento o hacerla permanentemente segura”.
·                     “Distribuya sus créditos en lugar de concentrarlos en unas pocas manos. Los créditos elevados concedidos a una firma o a un individuo únicos, aunque pueden ser en ocasiones lícitos y necesarios, son generalmente poco juiciosos y frecuentemente inseguros. Los acreedores importantes pueden tener posibilidad de controlar el banco, y cuando se produce esta relación entre un banco y su cliente, no es difícil decidir quién sufrirá las consecuencias al final. Cada dólar que un banco presta por encima de su capital y reservas, lo debe, y sus gerentes tienen, por consiguiente, la obligación más estricta hacia sus acreedores, así como hacía sus accionistas, de mantener sus descuentos permanentemente controlados“.
·                     “Trate a sus clientes con desprendimiento, no olvidando nunca que un banco prospera si sus clientes prosperan, pero nunca les permita que le dicten su política”.
·                     “Si duda de la conveniencia de un descuento, déle al banco el beneficio de la duda y rechácelo, no realice nunca un descuento si duda de su conveniencia. Si tiene razones para desconfiar de la integridad de un cliente, ciérrele su cuenta. No trate nunca con un bribón en la creencia de que usted puede impedir que le engañe. El riesgo en este caso es mayor que los beneficios”.
·                     “Pague a sus empleados salarios que les permitan vivir con holgura y respetabilidad sin tener que robar, y exíjales la totalidad de su tiempo. Si un empleado vive por encima de sus ingresos, despídalo, incluso si su exceso de gastos se puede explicar en forma consistente con su integridad, aún así despídalo. El despilfarro, aunque no sea un crimen, conduce inadvertidamente al crimen. No puede ser empleado de confianza de un banco quién gasta más de lo que gana”.
·                     “Cada dólar que un banco presta por encima de su capital y reservas, lo debe, y sus gerentes tienen por consiguiente la obligación más estricta hacia sus acreedores, así como hacia sus accionistas, de mantener sus descuentos permanentemente controlados”
·                     “El capital de un banco debe ser una realidad, no una ficción, y debe estar en las manos de los que tienen dinero que prestar, y no de los necesitados de él. El interventor tratará de evitar, por todos los medios a su alcance, la creación de un capital ficticio por parte de los bancos nacionales, mediante el uso de su propia circulación fiduciaria o de cualesquiera otros medios artificiales, y en sus esfuerzos para conseguirlo confía poder contar con la cooperación de todos los bancos bien dirigidos”.
·                     “Persiga un negocio bancario directo, honesto y legítimo. No deje que la perspectiva de grandes beneficios le tiente a hacer nada que no esté permitido por la Ley de Moneda Nacional; Los espléndidos financieros, en el mundo de la banca, son generalmente o farsantes o truhanes”.

Lo llamativo es que estas recomendaciones, leídas hoy, 150 años después de ser escritas, siguen manteniendo intacta su validez.


[1] Efectivamente, hoy constancia escrita de que en la Génova de 1156, dos hermanos tomaron prestadas 115 libras genovesas y acordaron reembolsar a los agentes del prestatario en Constantinopla la suma de 460 bezantes un mes después de su llegada a esa ciudad.
[2] Fiándolo todo a la técnica se llegan a despropósitos como el que ocurrió realmente en los albores del uso del scoring: una entidad de ámbito nacional se extrañó de que, implantada la herramienta, el trabajo de análisis de operaciones con particulares había disminuido considerablemente excepto en  la zona de negocio de Catalunya, hasta que se descubrió que la herramienta aplicaba una penalización importante en la puntuación si el titular estaba casado en régimen matrimonial de “Separación de bienes”, normal en Catalunya. 
[3] Una reflexión al hilo de esas prácticas: cuando un cándido y bienintencionado progenitor, con unos ingresos mínimos para subsistir, aportaba su vivienda, único patrimonio, como garantía de la operación para que su hijo querido pudiera adquirir la casa de sus sueños, la entidad ya sabía que ese préstamo, si se pasaba la responsabilidad al avalista, no se podía pagar. ¿Por qué autorizó la operación? ¿De verdad no es responsable en cierta medida la entidad si al final ha tenido que pasar a contencioso? Lo realmente preocupante es que estas decisiones erróneas basadas en la alteración de la secuencia de análisis no fueron aisladas ni fruto del estado febril de un responsable de oficina, sino siguiendo instrucciones de la superioridad en la mayoría de los casos.
[4] Resulta patético en este punto recordar el interés oficial en negar la existencia de burbuja inmobiliaria hasta que estalló ante las narices de todos, los que la avisaban y los que no. 

domingo, 10 de marzo de 2013

La cortesía, las relaciones humanas e Internet

La evidencia de que parece haber una crisis de valores más allá de los problemas económicos y de pérdida a futuro de bienestar se encuentra en algo tan simple como la observación de cómo manejamos las relaciones personales cuando se utilizan para ellas las nuevas tecnologías y la inmediatez del contacto (virtual,  claro, como corresponde a estas herramientas)
Dicen los expertos en comunicación que en un mundo virtual es cuando más se echa en falta el contacto y la relación humanos. También alertan acerca del peligro que representa un simple equipo informático y, cada vez más un también simple teléfono móvil (sobre todo para las generaciones jóvenes, crecidas en ese ambiente) que pueden convertirse en instrumento para un aislamiento propicio a la creación de mundos irreales, siempre más cómodos y adaptados a la persona que el real.
Una vez establecida la necesidad de potenciar en lo necesario el uso de las redes y las nuevas tecnologías para seguir "conectado" con las personas con las que compartimos el mundo con el fin de no quedar aislado cultural y emocionalmente, se impone la reflexión sobre qué tipo de "conexión" es la más conveniente y la primera conclusión surge cuando uno cae en la cuenta que las relaciones en las que no hay presencia física no son sino una forma, más o menos tecnificada, online, virtual o como se le llame, de la tradicional relación humana, en la que debe predominar el respeto.
Ya se ha divulgado suficientemente el riesgo que representa hacer por Internet cosas que no haríamos en una relación presencial (publicar datos e información personal sin saber quién puede acceder a ella, permitir inocentemente el acceso a nuestras cuentas o tarjetas facilitando datos que no se los daríamos a nuestros amigos, admitir con conformidad ser objeto de ataques cibernéticos o de otra clase aprovechando la impunidad del anonimato en la red,...) pero se habla poco de la mancha de aceite que parece extenderse en la escasa aplicación en las redes de eso que los antiguos llamaban urbanidad o, más claramente, respeto.

Y tampoco me refiero a la proliferación de las famosas "cadenas", algunas bienintencionadas y otras erigidas en nidos de virus y troyanos con las que las mafias tienen acceso libre a nuestra dirección de correo, sino a normas elementales en el trato cuyo incumplimiento nos harían sonrojar en una relación presencial.
No debería serlo, pero es habitual que no se contesten los correos cuando cada vez es más frecuente la disquisición entre el "pues yo te lo envié" y el "pues yo no lo he recibido". El colmo de la actitud incomprensible, en lo referido a la mínima cortesía entre personas, puede encontrarse en actitudes-tipo que, en cuanto de ellas tengo experiencia personal, puedo compartir mi perplejidad con vosotros.
1- Solicitan el envío de unos documentos valiosos para el peticionario; se le hacen llegar en formato digital y de manera gratuita. Con posterioridad se sabe que el peticionario los recibió y utilizó como tenía previsto. ¿Alguno de vosotros ha recibido un mensaje, no ya de agradecimiento, sino de simple confirmación de su recepción?
2.- Un conocido comunica alborozado que ha iniciado un blog personal y te invita a conocerlo a la vez que te pide opinión sobre él. Accedes a él, lo miras con atención y, siguiendo la petición de su autor, le envías tu opinión (elogiosa por cierto). Nunca más se supo.
3.- Un antiguo amigo te localiza vete a saber cómo en esto de las redes, y te envía una invitación para entrar en sus círculos. Accedes y, una vez has pasado a engrosar su red de contactos, si te he visto no me acuerdo.
4.-...

Hay que huir de la tentación de hacer un catálogo de hechos llamativos, porque hay más, como el poco dominio que hay en la forma de expresarse, las expresiones inadecuadas, la utilización indebida de signos mayúsculas, el uso de lenguaje corto o SMS en mensajes en los que no se debe, etc. pero lo cierto es que parece corroborarse la tendencia al aislamiento en el uso de Internet, pero no porque se prescinda de "contactos", sino porque todo parece indicar que en los tiempos modernos se desconocen lo que son las relaciones humanas que, dicho sea de paso, se enriquecen con el feedback hasta el punto que una relación sin él tiende,  naturalmente, a la desaparición.

jueves, 7 de marzo de 2013

Resultados último plenario del GAFI (2)


Poco a poco va calando la idea/doctrina del GAFI de que la gestión de la prevención del blanqueo de capitales  es un asunto de gestión de riesgos, por lo que entender los riesgos que comporta el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo es una parte esencial de la elaboración y aplicación de los programas nacionales contra estos dos graves delitos.
En palabras del GAFI, "una correcta evaluación de riesgos permite a los países identificar, evaluar y comprender el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Una vez que estos riesgos se entienden correctamente, los países pueden aplicar medidas que se correspondan con su nivel de riesgo". Dicho de otra forma, el GAFI asegura que es el enfoque basado en el riesgo, que es el centro de las Recomendaciones del GAFI, lo que facilita a los países priorizar los recursos y asignarlos eficientemente.
Con esos antecedentes, el GAFI ha desarrollado una guía (Guía GAFI: Evaluación del riesgo nacional de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo - FATF Guidance: National money laundering and terrorist financing risk assessment) que pretende ayudar, en principio, a los países en la realización de la evaluación del riesgo a nivel nacional, si bien los principios descritos en ella son también útiles para la evaluación de riesgos más específicos, por ejemplo del sector financiero en particular.
La guía está estructurada de la siguiente manera:
Apartado 1. Objeto, ámbito de aplicación y las razones de publicación de la guía
Apartado 2 . Los principios generales que deben tenerse en cuenta en la realización de las evaluaciones de riesgos  de PBC/FT
Apartado 3. Planificación y organización de un sistema de evaluación del riesgo para la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo a nivel nacional
Apartado 4. Las tres etapas principales que integran el proceso de evaluación de riesgos
Apartado 5. Resultados de la evaluación de riesgos
Siguen una serie de anexos dentro de la guía que contienen información adicional relacionada con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo relativos a la vulnerabilidad y ejemplos de diversos grados de implementación del sistema de evaluación de riesgos y metodología para hacerlo.  
El GAFI incorpora además, como anexos, sendos trabajos del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial sobre el mismo tema.

Para consultar la guia completa del GAFI (en inglés), clicar aquí, para acceder al anexo del Fondo Monetario Internacional relativo a metodología (en inglés), clicar aquí, y si lo que se pretende es disponer del anexo sobfre metodologías del Banco Mundial (en inglés), clicar aquí.

martes, 5 de marzo de 2013

Resultados último plenario del GAFI (1)

Hace una semana nos hacíamos eco en este blog, con carácter prioritario, de la actualización de la lista de países definidos como "de riesgo" por el GAFI en la lucha global contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.  Hoy complementamos aquella nota con el comentario sobre la publicación, resultado de las actividades del plenario, que, con el nombre de "Metodología para la evaluación del cumplimiento técnico de las Recomendaciones GAFI y la efectividad de los sistemas PBC/FT" (Methodology for assessing compliance with the fatf recommendations and the effectiveness of aml/cft systems) pretende ayudar a dicho cumplimiento, habida cuenta de la diferencia (a veces, disparidad) de criterios en el enfoque del problema por diferentes países, incluso siendo miembros del GAFI.


El documento recoge la experiencia del GAFI en la evaluación de 40 países como parte de su tercera ronda de evaluaciones, teniendo en cuenta que la red global de la Organización ha procedido ya a evaluar un total de 180 países. El enfoque principal de esta tercera ronda de evaluaciones mutuas ha sido el de fortalecer los cimientos de un sistema global de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo asegurándose de que todos los países disponen de leyes, reglamentos e instituciones adecuadas para combatir estos delitos, de forma que la próxima ronda de evaluaciones, que comenzará este año 2013 podrá centrarse en evaluar con qué efectividad están combatiendo en la práctica los países el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.



Se confirma así que una parte fundamental del trabajo del GAFI es la elaboración e implementación de un programa riguroso y amplio de evaluaciones para comprobar si los países están cumpliendo con las Recomendaciones del propio GAFI.  

En la consecución de ese objetivo global se enmarca la elaboración de la presente publicación (que se puede consultar, en su original en inglés, clicando aquí) que se erige en un marco uniforme para la evaluación de la efectividad de los sistemas de PBC/FT y que ayudará a los países a enfocarse con mucho más rigor en las medidas prácticas necesarias para mejorar su desempeño.

viernes, 1 de marzo de 2013

Las comparaciones son odiosas... para una parte

Parece fuera de discusión que una de las cabezas de la hidra en la que se ha convertido la situación actual es la crisis del sistema, y eso lleva a asegurar a tertulianos y comentaristas que los gobiernos de "las naciones  occidentales con sistemas capitalistas" son cuestionados por sus políticas económicas. Pues sí y no. La verdad es que lo que hay es una crisis de valores, de forma que cuando el ciudadano comprueba que sus gobiernos parecen estar de espaldas a la realidad social, la reacción no puede ser otra sino el rechazo de esa posición. Es indicativo en ese sentido verificar que las manifestaciones de las gentes ante las decisiones de sus gobiernos sean mucho más virulentas en países en los que se ha puesto de manifiesto que la corrupción campa a sus anchas, que los políticos priorizan sus luchas partidistas por el poder antes que atender las necesidades de la población que les ha votado y que les paga con sus impuestos, que el secretismo, el "pues tú más" y las "herencias recibidas" se convierten en únicos argumentos para ocultar incompetencia, ignorancia y falta de sensibilidad.

Por eso llama la atención (y es duro hacer comparaciones con la situación que se vive en nuestro país para iguales problemas) que, más allá de clichés interesados de ser la meca del capitalismo, de ser un país que sólo contempla la iniciativa privada, que el gobierno huye de ser tachado de intervencionista, que... un país como los Estados Unidos de América tiene establecido, sin hacer mucho alboroto mediático, un programa de ayudas gubernamentales para personas que no pueden hacer frente a sus hipotecas, que se enfrentan a un desahucio, o, en general, que precisan de asesoramiento en materia, en este caso, de vivienda. Es evidente que no hay que buscar la letra pequeña para llegar a la conclusión de que, si una persona tiene problemas, el Estado no se hará cargo de sus deudas sin más, pero hay que valorar positivamente, sin ninguna duda, la iniciativa del gobierno que es sensible ante situaciones extremas y ofrece asesoramiento, acompañamiento, consejo, recursos y, en los casos que cumplan las condiciones, ayuda financiera.

Si comparamos este programa con el marasmo en que nos encontramos en el que oficialmente se huye incluso de la palabra "desahucio" para esconder la falta de iniciativas (se convierte casi en un asunto de semiología el análisis del lenguaje político, p.e. crisis = desaceleración, rescate = ayuda, desahucio = consecuencia del impago, Bárcenas = esa persona,...) uno no puede por menos que sentir una cierta desolación ante la falta de sensibilidad e incompetencia de una clase política más volcada en la obscena lucha por el poder que en velar `por lo que dijeron, eso de "atender las necesidades de todos los españoles".

Por cierto que los programas sociales del gobierno estadounidense también se publican en castellano, como se puede comprobar clicando aquí, en la página relativa a las ayudas comentadas, de la que puede ser saludable la realización por parte de nuestros dirigentes de una visita en profundidad aunque solo fuera para copiar ideas.