jueves, 12 de abril de 2012

La responsabilidad social de las entidades financieras

Por desgracia, es casi diario el goteo de noticias que nos hablan de dramas personales vinculados al impago de préstamos hipotecarios, de los que muchos están representados por el desahucio de la vivienda.
Y surgen las preguntas: ciertamente la crisis ha hecho (está haciendo) estragos a todos aquellos a quienes afecta de lleno. Es verdad que por ese motivo han aumentado los impagos de cuotas, si bien es cierto que el porcentaje de impago de particulares es menor que el de promotores, pero eso forma parte de otro análisis y, consecuentemente, las ejecuciones hipotecarias, de acuerdo con una ley que no nos cansaremos de repetir que requiere una revisión sosegada, han crecido exponencialmente, pero dentro de este panorama oscuro, queda la duda razonable de si algunas de esas acciones podían haberse evitado, y la conclusión es que sí.
Partamos, no obstante, de premisas consistentes:
1.- no puede volverse atrás en el tiempo y debe admitirse que la euforia del "España va bien" en la que aparentemente todo valía provocó una catarsis general de consecuencias, entonces, imprevisibles.
2.- las entidades financieras son empresas CON ánimo de lucro. Pero no de CUALQUIER lucro ni de CUALQUIER forma.

Una vez dicho esto, lo que resulta obvio es que muchas de las actuales situaciones podrían haberse evitado aplicando puro sentido común, obnubilado entonces por la "necesidad" de tener tasas mantenidas de crecimiento de negocio de dos dígitos anuales (ahí están las hemerotecas para sonrojo de algunos) y por las coacciones (sí, coacciones) a los responsables de oficinas cuyo futuro estaba en entredicho si no conseguían el ritmo de crecimiento impuesto "desde las alturas". De ahí a pervertir todo un sistema de estudio de operaciones, con el fin de inflar los números, va un pasito corto.

Veamos un ejemplo ilustrativo:
- un solicitante de préstamo para adquirir una vivienda no acredita ingresos suficientes como para asumir las cuotas, por lo que caben dos soluciones: denegación de la operación o búsqueda de alternativas de cobro.
Hasta aquí, todo razonable; el problema de fondo es que, de forma incomprensible, se dio preeminencia al valor de la garantía quedando en un segundo plano la capacidad de reembolso del peticionario, con lo que, éste, en su afán de conseguir la vivienda, buscó entre sus familiares y/o amigos quien pudiera, no sustituirlo en los pagos si él no podía, sino aportar garantías adicionales a ejecutar en caso de malograrse la operación. No se cuestiona la responsabilidad de quien ingenuamente, creyendo hacer un favor a un familiar/amigo, no se percató de la trampa en la que entraba, pero es difícil creer que los departamentos de análisis de operaciones no observaran estas circunstancias cuando en el examen comprobaran que no había aumentado la capacidad de reembolso y, anticipándose, no previeran que la única posibilidad de resarcirse de la inversión en caso de dificultades sería la ejecución hipotecaria de los bienes de alguien que YA SABÍAN que no podría pagar.




Y aún así se autorizaron cientos de operaciones con ese perfil. Aún a riesgo de perder negocio, ¿seguro que no tienen responsabilidad moral en ninguno de los desahucios actuales? Además, en todo caso, la eventual pérdida de negocio hubiera sido plenamente coyuntural como lo demuestra que, en la vorágine actual, aún hay entidades cuya exposición al riesgo de los impagos de hipotecas es plenamente asumible ¿A quién debe atribuirse la perversión de los parámetros de análisis? ¿A quién el imponer, cuando se barruntaban ya los nubarrones en el sector inmobiliario, el mantenimiento de las mismas tasas suicidas de crecimiento?

En otro momento será necesario abordar el análisis de que, con esas estrategias, nos hayamos visto todos obligados a ayudarles a capear la crisis mientras las víctimas de sus errores no encuentran ni el consuelo de que el legislador asuma la necesidad de revisar la ley.

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