martes, 10 de julio de 2012

La "letra pequeña" de los bancos

El pasado día 6 de julio se publicó en el BOE la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
En ella se hacen una serie de recomendaciones a las entidades centradas, básicamente, en la información a facilitar a la clientela sobre las operaciones que se contratan con el fin, según dice el texto, de "racionalizar y aumentar las obligaciones de transparencia y la conducta de las entidades de crédito", recordando que "Cuando las entidades concedan créditos deberán actuar honesta, imparcial y profesionalmente, atendiendo a la situación personal y financiera y a las preferencias y objetivos de sus clientes, debiendo resaltar toda condición o característica de los contratos que no responda a dicho objetivo".
Es por eso que la Circular se refiere también al tamaño de la letra de los documentos de forma que "la letra a utilizar en los documentos de información tendrá un tamaño apropiado para facilitar su lectura. En todo caso, la letra minúscula que se emplee no podrá tener una altura inferior a dos milímetros"



Es una iniciativa loable, sin duda, pero que queda incompleta en tanto no se "recomiende" también a las entidades financieras la realización de una labor de regeneración ética. Un ejemplo: la clientela tradicional sigue creyendo a pie juntillas lo que le indica su gestor de confianza, más allá de "lo que digan los papeles", y ese factor, que en sí es positivo, es usado de manera perversa por algunos para ofrecer instrumentos financieros inadecuados para el cliente pero, eso sí, sometidos a una fuerte presión interna como objetivos a conseguir por el profesional (cuya retribución, frecuentemente, se hace depender de esos objetivos).

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