miércoles, 24 de octubre de 2018

La actualidad de la inteligencia emocional


Daniel Goleman es un periodista, escritor y psicólogo estadounidense, profesor de psicología en la Universidad de Harvard, conocido en todo el mundo, sobre todo, a partir de la publicación de su libro Emotional intelligence: why it can matter more than IQ (en castellano, Inteligencia emocional) en 1995 y sus secuelas, como Inteligencia social y otros.

El concepto de inteligencia emocional, en su expresión, tiene algo de oxímoron, porque mezcla dos ideas aparentemente opuestas, cual son la inteligencia y las emociones, como si dijéramos que estamos atravesando una época de calma turbulenta dominada por un silencio atronador y, para entenderlo, hemos de conseguir trascender las definiciones populares de inteligencia, que hacen importantes sólo los aspectos cognitivos, tales como la memoria y la capacidad para resolver problemas relacionados con el conocimiento.

Ya en 1920, el psicólogo y pedagogo Edward Lee Thorndike usó el término inteligencia social para describir la habilidad de comprender y motivar a otras personas y, en 1940, el psicólogo rumano-estadounidense David Wechsler describió la influencia de factores no intelectivos sobre el comportamiento inteligente y sostuvo contra corriente, además, que los tests de inteligencia no serían completos hasta que no se pudieran describir adecuadamente estos factores. Lo más relevante, sin embargo, para las ideas divulgadas por Goleman, fue que en 1983, el investigador y profesor de psicología, galardonado con el Premio Princesa de Asturias de Ciencias Sociales en 2011, Howard Gardner, en su libro Inteligencias múltiples: la teoría en la práctica, introdujo la idea de que los indicadores de inteligencia, como el cociente intelectual tradicional, no explican plenamente la capacidad cognitiva, porque no tienen en cuenta ni la “inteligencia interpersonal” —la capacidad para comprender las intenciones, motivaciones y deseos de otras personas— ni la “inteligencia intrapersonal” —la capacidad para comprenderse uno mismo, apreciar los sentimientos, temores y motivaciones propios1.
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El interés por las repercusiones de las emociones en ámbitos como las relaciones en el trabajo (la economía, en todos los aspectos, ante todo) impulsó la investigación sobre el tema, pero la popularización del término en el que se unen los dos conceptos se debe a la obra de Daniel Goleman, pese a que el primer uso del término inteligencia emocional se atribuya a Wayne Payne, quien lo cita en su tesis doctoral de 1985 Un estudio de las emociones: el desarrollo de la inteligencia emocional y, antes que Goleman, Stanley Greenspan, Peter Salovey y John Mayer también habián propuesto modelos de inteligencia emocional, y ello aunque se sepa que la expresión ya había aparecido antes en textos de Beldoch y Leuner, ambos en la década de los años sesenta del siglo pasado.

No se trata aquí, aunque lo parezca, de quitar méritos a Goleman sino al contrario, ya que, sobre esos antecedentes, fue capaz de definir la naturaleza de la inteligencia emocional: las características de la llamada inteligencia emocional son: la capacidad de motivarnos a nosotros mismos, de perseverar en el empeño a pesar de las posibles frustraciones, de controlar los impulsos, de diferir las gratificaciones, de regular nuestros propios estados de ánimo, de evitar que la angustia interfiera con nuestras facultades racionales y la capacidad de empatizar y confiar en los demás y, lo que es más importante, diseñar y divulgar un modelo de aplicación práctica ampliamente admitido basado en que no sólo el hecho de regular las respuestas emocionales se puede aprender sino en que a la vez es un signo de madurez y de inteligencia. Así, en la primera infancia, habitualmente no regulamos nuestra respuesta emocional, simplemente la expresamos o explota y, socialmente, se acepta y se perdona este tipo de "sinceridad" en las respuestas emocionales de los niños más pequeños. A medida que se van haciendo mayores, la tolerancia ante esta inmediatez en las respuestas va disminuyendo hasta llegar a la madurez cuando, socialmente, se exige la regulación y el dominio emocional. Con su aprendizaje conseguimos equilibrar dos fuerzas opuestas. Por un lado, la necesidad biológica de la respuesta emocional, y por el otro, la necesidad de respetar determinadas normas de convivencia.

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La difusión de las propuestas de Goleman coincidió con una época socioeconómica de irracional euforia en todo el mundo en la que, por poner un ejemplo, se consideraba normal que una entidad financiera se marcara unos objetivos de crecimiento anual continuado representados por cifras de dos dígitos, y en la que, en definitiva sólo importaba el crecimiento de volumen y, por supuesto, de beneficios, como fuera y a costa de lo que fuera. En ese contexto, las ideas de Goleman fueron un descubrimiento para muchas empresas y organizaciones, que se apresuraron a incluir en los planes de formación para sus empleados, en particular aquellos planes con vertiente comercial y los destinados a gerentes de negocio y cuadros intermedios, un nuevo paradigma que, por cierto, había de incluir el término "emocional" (como, hábilmente, ya habían renombrado en sus catálogos de formación numerosas empresas de consultoría, asesoramiento, coaching, etc.) y que, siguiendo a Goleman, se encarnaba en saber afrontar los problemas confiados en las potencialidades propias, con fortaleza en el espíritu, en la mente y temple emocional; eso era tener éxito.

El dominio de las emociones, la tolerancia, la escucha activa, la flexibilidad, el respeto y la aceptación de la realidad se revelan como la llave de oro para cualquier persona, empresario, profesional o el mix de ambos que le permitirá ver claro e impedirá que el futuro lo encuentre estático, mudo y autista mirándose el ombligo porque se ha de admitir que el mundo actual, más que global es holográfico y todos estamos navegando con un destino que podrá conducirnos hacia la vorágine o hacia el horizonte del crecimiento. Pero tomemos conciencia de que quien timonea es uno mismo, por lo que el destino no es fatalista, sino una cuestión de actitud.

Pero llega la crisis, eso de la inteligencia emocional se toma como una moda teórica pasajera, cambian las prioridades; aunque paradójicamente, se debe definitivamente entender con la irrupción de la crisis, no sólo económica, que ya nada es igual, ni similar, ni parecido a lo que desde siempre uno estuvo acostumbrado a realizar, tanto en lo individual como en lo colectivo, tanto a nivel privado como público, empresarial o profesional. Particularmente, en lo empresarial, si se siguen llevando a cabo acciones de acuerdo con el viejo modelo, sin duda, se estará observando el futuro por el espejo retrovisor. Y es en estos momentos, cuando todo el mundo parece tan desmadrado y fuera de su cauce, cuando muchas personas parecen haber perdido la cabeza y el rumbo, permitiendo que los disvalores interfieran diariamente en sus vidas en un proceso de constante confusión, cuando realmente estamos presenciando el fin de una era y el inicio de otra, es cuando precisamente se pone en valor el nuevo paradigma emocional, donde las partes resultan más importantes que el todo y los sentimientos son la clave para interpretar y reinterpretar nuevamente a los fenómenos sociales del cambio. Así y solamente así, aceptando el cambio, podremos comprender el futuro proactivamente. En estos momentos de verdadera crisis es cuando se deben afrontar los problemas asociados a ella con la cabeza más firme que nunca sobre los hombros, dominando las emociones y depositando la confianza plenamente en las aptitudes emocionales para alcanzar el éxito; sin voluntarismos, pero con templanza, con la fe puesta en el bagaje intelectual que cada uno posea en el marco de las inteligencias múltiples, sin titubeos y con esperanza; todo encuadrado en la acción y la práctica constante.
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Esto que parece mera teoría, ya hoy, cuando algunos dicen que la crisis ya ha pasado, en una exhibición interesada de ignorancia, al confundir (y hay quien lo cree) la normalización de las ratios macroeconómicas con el final del problema (todo lo contrario, agrandado, ahí están los datos oficiales, para quien los quiera ver) socioeconómico, es utilizado en la práctica por muchas empresas, que valoran cada vez más a una persona resolutiva y preparada para vivir en un entorno que evoluciona continuamente, con especial énfasis en la aptitud de la inteligencia emocional, Las características de una persona con inteligencia emocional consisten en conocer sus emociones, saber controlarlas, mantener la atención en las metas, sentir empatía hacia los demás y saber relacionarse con éstos, declarando los expertos sobre este punto que "las organizaciones van a necesitar más que nunca seleccionar 'humanos' que destaquen por su pensamiento crítico, por su inteligencia social y colectiva, que sean creativos, innovadores. Que ya no se adapten al cambio sino que 'vivan' en el cambio, profesionales en formación continua, con carácter autodidacta y alta capacidad de resolución de problemas" aunque su perfil técnico pueda ser familiarizado con la tecnología, el mundo digital y la conectividad y comunicación constante, pongamos por caso. Pero siempre con un importante componente humano.

La capacidad intelectual y la preparación técnica de una persona para desempeñarse en un empleo o para desarrollar una actividad cualquiera se dan por sentadas y por ello ya tienen poca relevancia; en cambio ahora, de cara al futuro, hay que concentrarse en ciertas cualidades personales como: control emocional, iniciativa, empatía, flexibilidad, capacidad de persuasión, tolerancia y escucha activa entre otras. Cualquiera sea su responsabilidad, saber cómo cultivar esas aptitudes puede ser esencial para lograr el éxito en la actividad pues, aunque es sabido que lo que ahora conocemos como inteligencia emocional siempre ha sido portátil y se ha ejercitado en forma asistemática, ahora ha llegado el momento de tomar conciencia clara de su importancia y llevar a la práctica éstas aptitudes "distintas". Para lograr el éxito en todo proceso en donde se maneje una situación de incertidumbre o cambio, como sucede en los cambios de paradigmas, como en la actual coyuntura, el desarrollo de las aptitudes emocionales y su práctica constante es otra de las llaves de oro que abren puertas quizás antes ignoradas. Y, mensaje a las organizaciones, no todo se mueve con dinero; curiosamente, mover el ánimo, las mentes y la creatividad implica un esfuerzo, emocional, intelectual y físico, que se traducirá en productividad y quizás en dinero, pero nunca al revés.

La pregunta que siempre ha subyacido es: "Pero, en la práctica, ¿cómo llegar a descubrir y conocer realmente esas aptitudes?" Si realizamos una práctica constante y consecuente de las aptitudes emocionales como:la empatía, la escucha activa, el dominio de las emociones, el respeto por las diferencias, la tolerancia y la flexibilidad; aumentarán nuestras posibilidades de incrementar lo que podríamos llamar Cociente Emocional (CE) y, teniendo siempre presente que este CE no "se tiene", como el intelectual tradicional clásico sino que se cultiva y no tiene otros límites que aquellos que nosotros le impongamos, se llega a la conclusión de que es una cuestión de actitud, luego se puede afirmar, según esas premisas, que el éxito es voluntario, toda vez que practicando sistemáticamente las aptitudes emocionales - a través de técnicas y ejercicios específicos que trascienden, obviamente, estas reflexiones- se puede:
• Vencer el miedo al fracaso
• Aumentar los niveles de confianza (en nosotros principalmente).
• Maximizar la energía creativa.
• Concentrarnos en alcanzar los objetivos que nos propongamos.
• Convertir los problemas que surjan, en oportunidades.
• ...
Sólo trabajando nuestras emociones lograremos que nunca nos traicione la desconfianza.

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Un último apunte práctico para deshacer un malentendido usual: se ha ponderado más arriba la importancia de saber aplicar la empatía, pero es capital no confundirse con ella; se define como la aptitud para ponernos en el lugar de nuestro interlocutor, "estar en sus zapatos" pero sin perder nuestra identidad, pero, en la práctica, para que sea útil, se ha de saber la diferencia sutil que es que empatía no es mimetizarse con los demás, sino que es tratar de sentir, palpitar y sintonizar como lo hace quien está interactuando con uno pero sin dejar, jamás, de ser uno mismo. En la teoría, tener un buen tono empático posibilita aumentar la escucha activa y de esa manera, nada, absolutamente nada de lo que provenga de la otra parte interactuante, ha de pasar desapercibido, lo que aumentará la capacidad para obtener resultados exitosos tanto en las negociaciones, como en las mediaciones y en cualquier proceso que entrañe conciliar intereses, opiniones e ideas creativas.

¿CONCLUSIÓN?

En el año 1994 , Bill Gates anunció con anticipación este pronóstico: "Habrá un camino. No conectará dos puntos.Conectará todos los puntos. Su límite de velocidad será, la de la luz. No se irá de aquí hasta allá. Ya no habrá allá. Todos estaremos aquí". Y si todos estamos aquí, aprendamos definitivamente a estar bien en éste aquí con una actitud de mejora constante y una disposición emocional cada vez más eficaz.

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1En resumen simplista de lo que después desarrolló Goleman. La teoría de Gardner, en realidad, es mucho más compleja y puede resumirse como sigue: cada persona tiene ocho inteligencias o habilidades cognitivas (originalmente, siete, a las que Gardner añadió la "naturalista") que trabajan juntas, aunque como entidades semiautónomas. Cada persona desarrolla unas más que otras. Diferentes culturas y segmentos de la sociedad ponen diferente énfasis en cada una de ellas.
- Inteligencia lingüística. En los niños y niñas se aprecia en su facilidad para escribir, leer, contar cuentos o hacer crucigramas.
- Inteligencia lógico-matemática. Se aprecia en los menores por su interés en patrones de medida, categorías y relaciones. Facilidad para la resolución de problemas aritméticos, juegos de estrategia y experimentos.
- Inteligencia visual y espacial. Los niños y niñas piensan en imágenes y dibujos. Tienen facilidad para resolver rompecabezas, dedican el tiempo libre a dibujar, prefieren juegos constructivos, etc.
- Inteligencia musical. Los menores se manifiestan frecuentemente con canciones y sonidos. Identifican con facilidad los sonidos.
- Inteligencia corporal cinestésica. Facilidad para procesar el conocimiento a través de las sensaciones corporales. Los menores tienen una marcada capacidad para realizar actividades que requieren fuerza, rapidez, flexibilidad, coordinación óculo-manual y equilibrio.
- Inteligencia naturalista. Los niños y niñas piensan instintivamente. Tienden a dejarse llevar, observan el entorno, idean con material de la naturaleza, etc.
- Inteligencia interpersonal (inteligencia social). Se comunican bien y son líderes en sus grupos. Entienden bien los sentimientos de los demás y proyectan con facilidad las relaciones interpersonales.
- Inteligencia intrapersonal. Relacionada con la capacidad de un sujeto de conocerse a sí mismo: sus reacciones, emociones y vida interior.
Por todo ello, Gardner sostiene que el cociente intelectual tradicional no es una base común a todos los individuos, sino una base biopsicológica singular, formada por combinaciones de potencialidades múltiples que no siempre se despliegan, y no lo hacen como consecuencia de una educación estandarizada que no distingue los matices diferenciales del individuo.

martes, 16 de octubre de 2018

Pro "Día Internacional del Cuidador"

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Un ejercicio mental, que puede llegar a convertirse en un distraído pasatiempo, es ir 
anotando, y agrupando por familias temáticas, los motivos que originan el establecimiento de 
esos “Día Internacional de… “. Hay de todo, como en botica, y algunos, llamativos. Hablando 
seriamente, la decisión de designar una determinada fecha como “Día Internacional de… “ 
(o “Día Mundial de… “, que para el caso es lo mismo) obedece al deseo de llamar la 
atención y concienciar a la gente sobre la existencia de un hecho o problemática que, de 
otra forma, pasaría inadvertida, y se suele aprovechar la fecha designada, ya conocida y 
convenientemente divulgada, para organizar actos informativos, pero también lúdicos y 
festivos, generalmente con la finalidad de recaudar a través de ellos fondos que se destinan 
a la solución del problema que se da a conocer o se recuerda.

Con esos antecedentes, es lógico y comprensible comprobar que prácticamente todas las 
enfermedades, especialmente aquellas que precisan a ojos vista que no se detenga la 
investigación sobre ellas, dispongan de su “Día”, aunque hay que decir (las cosas son como 
son y, por favor, que nadie piense que es crítica) que el impacto público es diferente si el 
“Día” que le corresponde se relaciona con un personaje mediático1 para identificar más 
fácilmente el problema. Las enfermedades neurodegenerativas siguen el mismo patrón, 
naturalmente, por lo que hay día asignado/dedicado a recordar el combate científico contra 
la esclerosis múltiple, el Alzheimer, la ataxia, etc., cada una de ellas en un día diferente. 
Pero, si la intención de designar un Día es llamar la atención sobre una problemática, algo 
falla precisamente en el marco de las enfermedades neurodegenerativas. Para advertirlo, 
permitidme un corto relato que no es de ficción (¡ya nos gustaría que lo fuera!) sino de una 
situación que a más de uno resultará familiar.  
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Once upon a time”, M llevaba un tiempo sintiendo malestar con unos síntomas difusos, 
aislados y aparentemente inconexos entre sí que, tras un pesado vía crucis por varios 
médicos, nadie supo identificar. En ese recorrido por diferentes consultorios, M fue a parar al 
de la neuróloga D que, tras efectuar numerosas pruebas cada vez más específicas, acabó 
por solicitar un análisis genético “para confirmación de que el problema era el que pensaba”. 
Con el resultado de éste, D llamó a M para comunicarle el diagnóstico definitivo de sus 
dolencias y no se anduvo por las ramas: “Usted está afectado por la enfermedad 
neurodegenerativa X, que no tiene cura ni medicinas paliativas ni hay estimación posible de 
su velocidad de progreso, que es inevitable”. La información cayó como un jarro de agua 
fría, por una parte, sobre el propio M que fue consciente de inmediato de que sus facultades 
irían mermando aunque no supiera ahora cuáles ni cómo2 y de que los proyectos de futuro, 
como los entendía hasta ahora, se habían acabado, y por otra, sobre su entorno cercano 
que, sin comerlo ni beberlo, se convertían en “enfermeros”, además, con dedicación 
creciente en la medida del progreso de la enfermedad.

Y ahí quería llegar; cualquier Día dedicado a luchar contra una enfermedad, particularmente 
si es degenerativa, queda dolorosamente incompleto si se olvida de homenajear y ayudar 
también a la figura del cuidador, teniendo presente que el entorno, la familia, es la principal 
fuente de ayuda de esas personas llamadas dependientes en nuestra cultura, sea cual sea 
la enfermedad invalidante que la genera. Y no hay (y reivindico que la haya a través de 
estas humildes líneas) Día Internacional del Cuidador, pese a la loable iniciativa de la 
Sociedad Española de Geriatría y Gerontología (SEGG) y la Fundación de Envejecimiento y 
Salud, que conmemoran en España cada 5 de noviembre desde 2014 el "Día internacional 
de las personas cuidadoras", cuyo objetivo es reconocer la labor de todas las personas 
que se dedican, de una manera profesional o como apoyo familiar, al cuidado de personas 
mayores o en situación de dependencia. La Organización Mundial de la Salud (OMS) no lo 
ha reconocido (ni lo va a hacer, dicen los expertos) como “Día oficial”, lo que exige más 
unión y fuerza en la reivindicación. 

 

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La actividad que desarrollan las personas cuidadoras es complicada y difícil ya que, la mayor 
parte de las veces, supone anteponer el cuidado de la persona dependiente a su vida 
familiar y personal. Las mujeres y los hombres que dedican su tiempo al cuidado de una 
persona en situación de dependencia son aquellas que prestan los apoyos necesarios para 
satisfacer las necesidades básicas de la vida diaria de la persona a la que cuidan y, 
consecuentemente, deberían tener a su alcance todos los apoyos necesarios que 
favorezcan su estado psíquico y de salud óptimos y puedan identificar y atender primero sus 
propias necesidades, así como afrontar con fortaleza emocional los problemas y las 
dificultades diarias que surgen como consecuencia de esta tarea.

A veces se tiende a dejar caer en saco roto a la hora de analizar la realidad de los 
cuidadores, como "daño colateral" inevitable, una vertiente importantísima del problema cual 
es la económica; en efecto, para una correcta atención del enfermo, sobre todo a medida 
que avanza el deterioro funcional, será necesario adquirir determinados productos 
médico/sanitario/higiénicos, quizá contratar los servicios de personal profesional 
especializado, acceder a utensilios o accesorios/aparatos técnico/médico/terapéuticos, 
adaptar mediante obras de reforma la vivienda a la situación actual, etc., y lo relevante es 
que cualquiera de estos aspectos que no se pueda resolver satisfactoriamente se carga 
directamente sobre los hombros del cuidador porque provoca entrar en un conflicto muy 
serio, para cuya respuesta muy simple hablaríamos de sobre-esfuerzo asumido que, más 
adelante y si se hace continuado, puede convertirse en síndrome. Desde el punto de vista 
psicológico siempre subyace una pregunta: ¿Por qué me ha tocado a mí?, que se une a la 
contraria, la de ¿Podría no hacer de cuidador? cuya respuesta es siempre NO para eludir el 
corrosivo sentimiento de culpabilidad, pero demostrativas ambas en cualquier caso de la 
tensión a que se ve sometida la persona cuidadora.. 

Y, por cierto, ¿qué pasa con las personas cuidadoras que, por ley de vida, finalizan su 
“misión”? En muchos casos han renunciado a su propia vida, dejando incluso de trabajar 
para atender a su ser querido y una vez que ha acabado su “deber cotidiano” pueden 
encontrar muy difícil “engancharse” de nuevo a la vida "normal" tanto profesional como 
socialmente. Parecería que ya no tienen un para qué levantarse cada día y como han 
renunciado a su auto-realización personal, ahora, en bastantes casos, la estadística nos dice 
que no encuentran el por qué ni el para qué del nuevo camino. 
 
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Hablemos ahora de realidades estadísticas según datos publicados por la Sociedad 
Española de Geriatría y Gerontología en un informe acerca del perfil del cuidador, así como 
de las principales dificultades físicas y psicológicas a las que se enfrentan cada día3. Para 
empezar, definamos el marco: las personas dependientes en nuestro entorno, de una cifra 
global de unos dos millones y medio, suelen ser personas mayores, con discapacidad, 
personas con alguna enfermedad crónica neurodegenerativa incapacitante o enfermos en 
estado terminal; el periodo de tiempo dedicado a los cuidados de estas personas puede ir 
desde unos meses hasta años. Históricamente, en nuestro país, la función social de 
cuidadoras ha correspondido a las mujeres y, actualmente, el 85 % de los cuidadores 
familiares son efectivamente mujeres que se dedican de forma exclusiva y única al cuidado 
del enfermo.

Con datos en la mano según dicho informe, la mayoría de los cuidadores, como se ha dicho, 
son mujeres, de entre 31 y 60 años y que le dedica cada día entre 6 y 12 horas, desde hace 
más de 3 años. En algunos casos sufren como consecuencia de su labor sólo ansiedad y 
estrés, pero también padecen problemas físicos con las articulaciones, la espalda y 
cansancio generalizado. 

Los cuidadores tienen, pues, de manera cotidiana, una importante carga física, psíquica y 
emocional, ya que el 84% de las personas dependientes precisa de ayuda para su higiene; 8 
de cada 10 para el vestido; 7 de cada 10 para realizar la limpieza del hogar, el 63% precisa 
ayuda para preparar comida y el 58% para alimentarse. Además, 6 de cada 10 necesita 
ayuda para gestiones administrativas, el 85% requiere de ayuda a la hora de tomar 
medicamentos adecuadamente; el 62% estimulación cognitiva y casi 6 de cada 10 tiene 
incontinencia urinaria o fecal. Además, el 54% necesita algún tipo de cura y 5 de cada 10 
precisa rehabilitación.

Para mayor inri, en numerosas ocasiones, el enfermo no puede agradecer y reconocer la 
labor de los cuidadores, a pesar de que a éstos les resultaría reconfortante y alentador. Esto 
es debido a que 5 de cada 10 mayores dependientes padecen demencia; el 19% tiene una 
actitud agresiva y de menosprecio, y un 15% tiene un sentimiento de rechazo. Un 90% 
necesita apoyo afectivo-emocional y un 76% depende de otras personas para entretenerse. 
 
 
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Y … ¿cómo afecta al cuidador física y mentalmente la labor que lleva a cabo? Observa el 
informe que más de la mitad de los cuidadores (54%) afirman que les ha supuesto cambios 
en sus vidas, imprimiéndoles alteraciones en su carácter y en su estado de ánimo. Al final, el 
tiempo libre de los cuidadores se ve afectado en un 82% y la vida familiar en un 70%, dos 
datos que repercuten de manera directa en el estilo de vida de los cuidadores. Todo esto 
junto al grado de compromiso, hace que casi a un 60% les afecte a su estado de salud: 8 de 
cada 10 nota cansancio o fatiga y se encuentra estresado. El 76% presenta dolores 
osteoarticulares y dolor de espalda: 5 de cada 10 sufre insomnio y casi un 40% presenta 
dolores de cabeza crónicos. Profundizando, los principales problemas de salud mental o 
síntomas a nivel psicoafectivo afectan a un 49% de los cuidadores. Estos son la frustración e 
impotencia en un 73%; la ansiedad, irritabilidad o enfado un 61%; la depresión o tristeza un 
57%; la soledad un 35% y el sentimiento de culpa un 30%

Resulta llamativo ver que a un 60% de los cuidadores les gustaría disponer de tiempo para 
cuidarse ellos, a un 56% les gustaría realizar ejercicios y técnicas de relajación y un 55% les 
gustaría saber decir NO ante demasiadas o determinadas demandas. Del mismo modo, 
cuando se pregunta a los cuidadores acerca de las principales necesidades que tienen, 
subrayan que el apoyo y el reconocimiento social (51%); la necesidad de ayuda económica 
(45%) y el apoyo psicológico y emocional (41%).

Pido disculpas por incluir aquí esta ensalada mareante de cifras, necesarias para poner de 
relieve y mostrar el valor de los cuidadores, que se iniciaron en los cuidados de un familiar o 
persona próxima y que día a día, van desarrollándose y adquiriendo, quizá a su pesar, un rol 
más profesional.

¿De verdad es tan insensible la OMS y piensa que estas personas no merecen 
reconocimiento social con, al menos, el establecimiento del Día Internacional del Cuidador? 
¿Alguien conoce los vericuetos formales para hacerle llegar la petición de que recapacite?
 
 
 
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1Así pasa, por ejemplo, con el Día de la leucemia, personalizado en el tenor Josep Carreras, que la superó, el del Alzheimer con el alcalde de la Barcelona olímpica Pasqual Maragall, afectado por él o el del cáncer y el jugador de basket Ricky Rubio, cuya madre murió de cáncer.

2Comparto, con vuestro permiso, una experiencia personal: a la pregunta “”¿Cómo estás?” suelo responder “Hoy estoy como nunca” que, siendo rigurosamente cierto (el progreso de la enfermedad hará que ningún día futuro vuelva a estar “lo bien” que estoy hoy), dicho con una entonación controlada, resulte positivo en la relación, desdramatiza y ayuda a crear complicidad. Probadlo. A mí me funciona.

3El hecho de que el informe lo haya hecho la SEGG no circunscribe el problema del cuidador a pacientes de geriatría, aunque lo cierto es que un porcentaje muy alto de personas dependientes son lo que llamamos personas mayores.

viernes, 12 de octubre de 2018

Fiestas en discusión... política

Hoy, 12 de octubre, además de celebrarse la festividad católica de la Virgen del Pilar (felicidades 
a todas aquellas, que son muchas, que comparten el nombre de Pilar) y, por lo tanto, las fiestas 
patronales  de Zaragoza, de la que la Virgen es patrona, también está estipulado en el BOE que 
se celebre la Fiesta Nacional de España. Parece fuera de discusión aquel refrán de que “a nadie 
le amarga un dulce” y que un día de fiesta es un día de fiesta. ¿por qué, entonces, esa 
controversia, remozada cada año, alrededor del 12 de octubre?
 
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Más allá de la postura y la campaña contra la fiesta iniciada por los descendientes de los 
antiguos pueblos indígenas americanos del “nada que celebrar” en alusión al papel de los 
conquistadores españoles con dichos pueblos, la verdad es que esta fiesta provoca un 
apreciable grado de rechazo interno, en el que seguramente la veleidad política tiene algo 
que ver.

El 12 de octubre se conmemoraba primeramente el Descubrimiento de América a secas, por 
ser ésta la fecha en que Cristóbal Colón pisó tierra por primera vez en ese que sería el Nuevo 
Continente tras su azarosa travesía del Atlántico, y se empezó a usar ese nombre desde el 
siglo XVII; posteriormente, en 1913, ya con todas las que habían sido colonias americanas 
transformadas en países independientes, se adoptó el nombre de Fiesta de la Raza 
Española hasta que en 1935, siguiendo una propuesta lanzada por Ramiro de Maeztu en un 
artículo periodístico de 1931, se cambió por el término de Día de la Hispanidad1, Aunque, 
legalmente, el Día de la Hispanidad no alcanzó reconocimiento como tal en la España del 
franquismo hasta 1958, cuando un decreto de la Presidencia del Gobierno de 9 de enero de 
1958 estableció: «Dada la enorme trascendencia que el 12 de octubre significa para España 
y todos los pueblos de América hispana, el 12 de octubre será fiesta nacional, bajo el 
nombre de Día de la Hispanidad». En 1981, tras la restauración democrática y con la 
Constitución Española de 1978 en vigor, un Real Decreto refrendó el doce de octubre como 
«Fiesta Nacional de España y Día de la Hispanidad» y ya en 1987 una ley prescinde de la 
denominación de "Día de la Hispanidad" y establece que el Día de la Fiesta Nacional de 
España se celebrará cada 12 de octubre (en contraposición a los que defendían que el Día 
de la Fiesta Nacional debería ser el de la conmemoración de la aprobación de la 
Constitución de 1978, el 6 de diciembre), y así hasta hoy.

A la vista de este repaso, es innegable el componente político de la festividad, su 
obligatoriedad (está regulada por ley) y su utilización/manipulación según los vientos que 
soplan en cada momento histórico. Lo que causa estupefacción es cuando uno comprueba 
que alguien que se presenta como líder político basa la manipulación en una exhibición de 
ignorancia difícilmente disculpable. 
 
 
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Firma de la independencia de Guinea ex española
 
Me explico: se oyen voces autorizadas de determinadas formaciones políticas que están 
propugnando que el día 12 de octubre sea también el Día de la Unidad de España ¿Unidad 
un 12 de octubre?¿Ignorancia, deseos de ocultar la Historia, fabricación de nuevas 
verdades,….? Porque la fecha del 12 de octubre como símbolo de unidad, nada de nada, sino 
al contrario, ya que fue precisamente el 12 de octubre de 1968, hace sólo 50 años (hoy 
mismo, ni siquiera ayer en términos de tiempo histórico) cuando el ministro de Información y 
Turismo del gobierno de Franco en representación del Jefe del Estado, Manuel Fraga Iribarne, 
firmó la independencia de las  provincias españolas de Guinea y se proclamó la República de 
Guinea Ecuatorial, admitida de inmediato en la ONU como miembro 126 de la Organización. 
O sea, que pensemos en eso de la idea impuesta de unidad y su conmemoración obligada 
antes de lanzar propuestas si no queremos mostrar ignorancia.

No es pretensión de establecer comparaciones de situaciones no comparables, pero lo cierto 
es que los últimos hechos históricos relatados permiten algunas reflexiones inocentes:
- la independencia de Guinea tuvo lugar tras un Referéndum que se produjo el 11 de agosto 
de 1968, bajo la supervisión de un equipo de observadores de las Naciones Unidas. La duda 
razonable es ¿un referéndum sobre independencia era legal en Dictadura y uno sobre el 
encaje de un territorio dentro de España (ver hemeroteca de hace ocho años) es ilegal en 
Democracia? ¿o sí que era una pregunta legal a juzgar por la opinión de diversos expertos 
constitucionalistas, entre los que se cuenta algún "padre de la Constitución" (vuelta a la
 hemeroteca), y el repetido “No quiero” que nos ha llevado a donde estamos sólo escondía 
incapacidad para afrontar la discrepancia revestida, eso sí, de posición de fuerza para 
convencer a aquellos ya predispuestos a dejarse convencer?
- la independencia del país guineo se consiguió con un 63 % del electorado votando a favor 
de ella, recordando que de este electorado eran todos guineanos, sin que ello atentase, al 
parecer, contra eso que suena tan pomposo pero que no se sabe muy bien lo que es que es 
la soberaní,a de murcianos o extremeños, pongamos por caso que, naturalmente, no votaron.

Quizá como reflexión final al margen de festividades, su significado y su imposición legal, es 
la de que la clase política (que ya sé que no leerá estas líneas) no debería confundir el 
trabajar por la unidad territorial con una forma que resulte válida para generaciones futuras 
con el imponer una idea determinada de unidad sólo útil para conseguir unos también 
determinados votos en las elecciones inmediatas cuando, además, se constata que causa 
rechazo en amplios sectores de población, no necesariamente independentista. 
 
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1La palabra “Hispanidad” se debe al sacerdote español residente en Argentina Zacarías de Vizcarra, tomando como modelo el concepto de "Cristiandad", que comprende y a la vez caracteriza a todos los miembros de esa comunidad. Curiosamente, es la Virgen de Guadalupe la que ostenta el título de Reina de la Hispanidad y no la del Pilar, aunque coincida la fecha.

lunes, 8 de octubre de 2018

“¡Ay, quién maneja mis datos, quién!”

A raíz de unas “charlas de café” con unas buenas amigas, colaboradoras de una pequeña empresa del
ámbito de la Sanidad, acerca del incordio documental que representaba para sus clientes/pacientes la
puesta en vigor, el pasado mes de mayo, del nuevo Reglamento General de Protección de Datos
europeo que, según afirmaban, les habían dicho que sustituía a la normativa española hasta ahora
vigente, se me ocurrió contrastar sus comentarios sobre el particular con los de otras pequeñas y
medianas empresas de diferentes ámbitos (sin valor estadístico, por supuesto), observando en la
mayoría sensibilidades coincidentes que se podrían resumir en:

- Esto de la protección de datos es una mera obligación legal que, simplemente, nos cuesta
dinero, aparte del tiempo que “X” le dedica a gestiones de papeleo.
- Esto nos lo llevan todo (recalco el “todo”, que no es baladí) los asesores, que para eso
cobran, y nosotros sólo tenemos eso que llaman ahora un Delegado de Protección da Datos; el personal, claro, queda fuera de este rollo.
 - Las leyes son muy cambiantes y nuestros clientes ya están mareados de hacerles firmar papeles
cada vez que cambia la norma.
 - …

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Parafraseando a don Ramón de Campoamor con su poema/dolora, ya conocido como “ley campoamor”, en lo de que la protección de datos personales es una mera obligación legal y poco más, recordemos que “En este mundo traidor / nada es verdad ni mentira / todo es según el color / del cristal con que se mira” y, como dice el poema, si se cambia el cristal, cambia todo. Dejadme que relate un caso real ilustrativo de la problemática, cambiando, eso sí, el nombre del protagonista, que no viene al caso:

Eustaquio Sorderas tenia que ir al médico a revisarse de una otitis mal curada que arrastraba desde
hacía un tiempo y, como su otorrino habitual estaba de viaje para asistir a un Congreso profesional en el extranjero y él no quería esperar, concertó visita con otro especialista recomendado por un conocido. El resultado de la visita fue, profesionalmente, satisfactorio, pero la sorpresa vino al cabo de unos días, cuando el Sr. Sorderas empezó a recibir, por carta, correo electrónico y teléfono un auténtico bombardeo de empresas fabricantes de audífonos ofreciendo sus productos y servicios.”¿Cómo me conoce esta gente? ¿Cómo saben mis direcciones y teléfono? ¿Quién se las ha dado? ¿Quién lo ha autorizado?… “ 


A la vista de este caso (real, además, a quien más y quien menos le ha pasado algo parecido), y más allá del cumplimiento de una norma legal, está claro que

- procurar proteger nuestros datos personales es algo de sentido común, manteniendo la capacidad
de decidir quién, cómo y para qué tiene acceso a ellos.
 - los datos valen dinero, mucho más a medida que puedan ser considerados “datos sensibles”, por
las razones que sean (comerciales, políticas, etc.) y el tráfico de estos datos se ha convertido en un negocio floreciente que, como muchos negocios, obtiene resultados más inmediatos recurriendo al soborno para conseguirlos. Y no hace falta acudir a casos extremos como el de Cambridge Analytica y Facebook (ya sabéis, ese caso reciente, que aún colea, en el que la consultora británica Cambridge Analytica fue acusada de manipular los datos de 50 millones de usuarios de Facebook para influir con sus mensajes personalizados durante la campaña electoral de Donald Trump mediante la descarga de una aplicación en la plataforma cuyo uso daba acceso no solo a los datos del usuario, sino también a los de sus “amigos”. Esa aplicación pudo acceder a los “me gusta” y el perfil de los que respondían la encuesta y así recolectó los datos personales de todos los encuestados y sus amigos. En total unos 50 millones de usuarios. Esos resultados se cruzaron con las gustos de los usuarios en Facebook y con algoritmos se diseñaron campañas especialmente segmentadas para unos 2 millones de votantes), no, a nivel mucho más modesto, como en lo que le ocurrió al señor Sorderas en su inocente visita al otorrino, también hay estos cambalaches.



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Es por eso que, sin interferir en la relación y el asesoramiento que prestan a las empresas obligadas a la observancia de las normas los expertos en la materia, nos permitiremos reflexionar junto con vosotros sobre algunos aspectos, seguramente ya conocidos de sobras, de eso de la protección de datos personales.

Empecemos por el principio: ¿qué son datos personales y qué es eso del tratamiento de datos?
Respecto de lo primero, en definición de la Comisión Europea, “Los datos personales son cualquier
información relativa a una persona física viva identificada o identificable. Las distintas informaciones, que recopiladas pueden llevar a la identificación de una determinada persona, también constituyen datos de carácter personal…. no importa cómo se conservan los datos; ya sea en un sistema informático, a través de videovigilancia o sobre papel; en todos estos casos, los datos personales están sujetos a los requisitos de protección...”
, y dan como ejemplos el nombre y apellidos, domicilio, dirección de correo electrónico, del tipo nombre.apellido@empresa.com, número de documento nacional de identidad, datos de localización (como la función de los datos de localización de un teléfono móvil), dirección de protocolo de Internet (IP), el identificador de una cookie, el identificador de la publicidad del teléfono, los datos en poder de un hospital o médico, etc., que podrían ser un símbolo que identificara de forma única a una persona.
Respecto del “tratamiento”, este concepto, siguiendo otra vez lo que dice la Comisión Europea, abarca una amplia gama de operaciones realizadas sobre los datos personales, que incluyen procedimientos manuales o automatizados. Estas son la obtención, registro, organización, estructuración, conservación, adaptación o modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación por transmisión, difusión o cualquier otra forma de habilitación de acceso, cotejo o interconexión, limitación, supresión o destrucción de datos personales. La norma a seguir se aplica al tratamiento de datos personales total o parcialmente automatizado, así como al tratamiento no automatizado, si este forma parte de un fichero estructurado. Entre los ejemplos, gestión de personal y administración de nóminas (a veces se olvida que los datos personales de los trabajadores también están protegidos), acceso o consulta a bases de datos de contactos que contengan datos personales, envío de correos electrónicos promocionales (sujetos también, por cierto, a la Directiva sobre intimidad y comunicaciones electrónicas), triturado de documentos que contengan datos personales, publicación o colocación de una foto de una persona en un sitio web, almacenamiento de direcciones IP o MAC, grabación de vídeo (CCTV), etc.

 Quedémonos con tres detalles:
- el de que las normas legales se aplican a datos que, automatizados o no, forman parte de un
fichero,
- el de que los datos personales lo son con independencia del soporte en el que estén, y
- el de que, en todos los casos, están sujetos a protección.

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En todos los escenarios de relaciones humanas se conocen/manejan datos personales si bien no todos de igual importancia. Para un fabricante de muebles a medida, los datos que maneja son el
nombre/dirección/teléfono de su cliente, los datos acreditativos de que le puede pagar, seguramente
todo ello en un fichero automatizado, y poco más; contrariamente, la enfermera de un centro asistencial (ni siquiera el gerente del centro) en el que se facilita metadona a sus usuarios en programas de desintoxicación del consumo de drogas maneja otros datos radicalmente diferentes de los del supuesto anterior, de mucha más trascendencia, y quizá no recogidos en ficheros, pero sometidos, obviamente, a una discreción extrema.

En eso se basa los que las normas contemplan como “niveles de seguridad”; el básico, de aplicación para todos los datos que se manejen, se refiere a datos como nombre, dirección, teléfono, etc, el medio, que debe de entenderse de aplicación además del básico, referido a datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, los relativos a la prestación de servicios
de información sobre solvencia patrimonial y crédito, aquellos de los que sean responsables
Administraciones tributarias y se relacionen con el ejercicio de sus potestades tributarias, los que
tengan como responsables entidades financieras para finalidades relacionadas con la prestación de
servicios financieros, aquellos de los que sean responsables las Entidades Gestoras y Servicios
Comunes de la Seguridad Social y se relacionen con el ejercicio de sus competencias, los que tengan
como responsables las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad
Social o, en definitiva, aquellos que contengan un conjunto de datos de carácter personal que ofrezcan una definición de las características o de la personalidad de la persona y que permitan evaluar determinados aspectos de la personalidad o del comportamiento de la misma; por último, el nivel alto, de aplicación además del básico y el medio, se refiere a lo que se conoce como datos especialmente protegidos, es decir, los que se refieran a datos de ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual1, los que contengan o se refieran a datos recabados para fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas o aquellos que contengan datos derivados de actos de violencia de género.

 Con todo lo dicho hasta ahora, ya se confirma que la idea generalizada de que la implementación y
cumplimiento de las normas relativas a la protección de datos personales en la empresa es sólo cosa de los asesores en la materia, mecanizada y que el personal debe quedar fuera del conocimiento de sus obligaciones para no distraerlos de sus funciones laborales es un error que puede tener consecuencias gravísimas, si se constata la evidencia habitual de que hay datos personales (curiosamente, muchos de los denominados “sensibles”, de nivel de protección alto) que quedan fuera del circuito sometido a control automatizado, generalmente sólo en poder de algún empleado, del que una mera distracción o error inadvertido puede originar situaciones, cuando menos, incómodas, si no es que la autoridad de supervisión determina que realmente ha habido infracción e impone la correspondiente sanción, de importe cada vez más abultado.

Corresponde a los asesores, si efectivamente lo son, diseñar, coordinados con los responsables de la empresa, los documentos informativos/formativos necesarios (en forma de Documento de Seguridad u otra), junto con las acciones de sensibilización personalizadas pertinentes para que todo el personal
(incluidos, por supuesto, los free-lances, si los hubiera) sepa las obligaciones oficiales de la empresa y asuma, conociéndolas, las obligaciones operativas propias en este tema para que nadie tenga problemas inesperados.

Lo que sí que produce un cierto desasosiego es el cambio (o no) habido últimamente en la legislación, aunque el mismo no requiriera “molestar” a los clientes salvo para informárselo, caso que les afectara. Porque, ¿qué Ley está en vigor? Acudiendo a la autoridad de supervisión, la Agencia Española de Protección de Datos, nos enteramos de que la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal tanto en la legislación específica como en la sectorial es un híbrido compuesto por:

 - REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de
abril de 2016 (RGPD) (General Data Protection Regulation, GDPR en su original en inglés) relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos), incluyendo el documento de corrección de errores.
 - Real Decreto-ley 5/2018, de 27 de julio, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho
español a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su
Reglamento en el R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre. (vigentes en aquellos artículos que no
contradigan el RGPD)


 O sea, que conviven en su vigencia el Reglamento europeo y la Ley nacional. Pues vaya… Se presta a confusión, es verdad.
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Porque, hasta hoy, estábamos familiarizados con la LOPD, y ¿qué es la LOPD? La Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, LOPD, es la ley con
carácter doméstico que se encarga de la transposición para España de la Directiva 95/46/CE (ahora
derogada por el RGPD) que hasta el 25 de mayo de 2016 ha sido el texto de referencia, a escala
europea, en materia de protección de datos personales. En concreto la Directiva citada creó un marco
regulador destinado a establecer un equilibrio entre un nivel elevado de protección de la vida privada
de las personas y la libre circulación de datos personales dentro de la Unión Europea (UE), fijando
límites estrictos para la recogida y utilización de los datos personales y solicitando la creación, en cada Estado miembro, de un organismo nacional independiente encargado de la supervisión de cualquier actividad relacionada con el tratamiento de los datos personales.

 ¿Y eso del nuevo Reglamento?¿Qué es el RGPD? El 25 de mayo de 2016 entró en vigor el
Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), de aplicación el 25 de mayo de 2018, o sea, con dos años de carencia. A diferencia de lo que ocurrió con la Directiva 95/46/CE o con cualquier otra, la naturaleza del Reglamento es que es de aplicación directa y por tanto no necesita ninguna ley de carácter nacional para implementarlo, teniendo ahora en cuenta, simplemente, que la futura ley que se encargue de regular este aspecto, en este caso la protección de datos, contemple las previsiones ya establecidas en el Reglamento. Por este motivo, en cuanto se redacte, apruebe y promulgue, entrará automáticamente en vigor la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de la cual ya salió un Proyecto de Ley el 24 de noviembre de 2017.

De manera sucinta en estas líneas, repasemos qué cambios más significativos comporta el cumplir con la nueva reglamentación y cómo se diferencia de lo ya establecido por la LOPD actual. Si bien muchos de los conceptos y principios del RGPD son parecidos a la norma actual, el RGPD
introduce nuevos elementos, que suponen nuevas obligaciones para las empresas y organizaciones de
la UE pero una de las principales novedades, independiente de la operativa, es el importe de las
sanciones, de hasta un 4% de la facturación global anual o 20 millones de euros, y otra, la relevancia
para muchos negocios de publicidad digital, que por vez primera están obligados a cumplir con las
normas de protección de datos.

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El primer paso que todas las empresas deberían ejecutar es identificar y analizar las áreas de riesgo y
documentar los tratamientos de datos personales que se llevan a cabo, a través de un inventario de todas las actividades de tratamiento que realiza la compañía. Este enfoque exige proactividad por parte de cada organización para analizar correctamente estos aspectos, determinar los riesgos y en función de su nivel, establecer las medidas necesarias para minimizarlo. En los casos en los que se detecten tratamientos con un nivel alto de riesgo cara a los derechos y libertades de los usuarios, deberá realizarse adicionalmente una Evaluación de Impacto sobre la Protección de Datos (EIPD) e introducir las medidas necesarias para la mitigación de los mismos. Esta obligación también se
extiende a lo que conocemos como brechas de seguridad, que pueden tener importantes consecuencias, por lo tanto, las empresas deben asegurarse de poner en marcha todos los procedimientos que permitan detectar, informar e investigar una eventual brecha de seguridad.

Por lo que respecta a los usuarios, el RGPD amplía los derechos con la limitación de tratamiento a los
datos indispensables para prestar un servicio y una vez acabado tendrán que dejar de utilizarlos, pero
también regula una serie de derechos adicionales a los tradicionales ARCO (Acceso, Rectificación,
Cancelación, Oposición), de tal forma que los usuarios tendrán:

1.- Consentimiento libre, específico, informado e inequívoco. No se aceptará el consentimiento
genérico, tácito o por omisión;
2.- Derecho de acceso: Se puede ahora obtener una copia de los datos personales que se estén
tratando.
3.- Derecho al olvido.
4.- Los interesados pueden solicitar que cesen las operaciones de tratamiento de sus datos.
5.- Portabilidad. Los interesados podrán recibir los datos personales que han proporcionado a un
responsable del tratamiento, en un formato estructurado, de uso común y legible.
Finalmente, el Reglamento introduce una figura nueva que es el Delegado de Protección de Datos
(DPD)
(Data Protection Officer, DPO, en su original en inglés)2, no siempre necesario. El RGPD estipula que uno de los criterios para decidir si es necesario designar un delegado de protección de datos es cuando las actividades principales del responsable o del encargado requieran una “observación habitual y sistemática de interesados a gran escala. El DPD puede ser, sin ir más lejos, un trabajador de la entidad o un consultor externo, encargado de comprobar y registrar el tratamiento que se realiza de los datos personales dentro de la organización.
El RGPD tiene especial relevancia, pues, para el nuevo grupo profesional de los delegados de
protección de datos, cuyo número aumenta considerablemente debido a la interpretación de dicho
reglamento. A partir de ahora, todos los organismos públicos y empresas en las que sus actividades
principales hagan referencia a la manipulación de datos personales deben designar a un delegado de
protección de datos. Aun cuando la actividad principal no esté relacionada con el tratamiento de datos, debe nombrarse a un delegado de protección de datos cuando haya al menos 10 personas que se ocupen del tratamiento automatizado de los datos personales, lo que tiene validez para muchas
empresas de mediana envergadura aunque difícilmente para la mayoría de pequeñas empresas.

Está claro que hoy en día, la protección de los datos personales debe ocuparse de conceptos que en
1995, fecha de promulgación de la anterior Directiva, ni se imaginaban, como el big data, la Industria
4.0, la robótica o la inteligencia artificial (IA), de ahí que surgiera la necesidad de incluir novedades en el RGPD. Lo más importante, sin embargo, del nuevo RGPD es que, junto con las regulaciones, algunas ya mencionadas, introduce, en principio, relativamente pocas modificaciones para el comercio online. Las normas con respecto a los temas más importantes para los gestores de páginas web (cookies, seguimiento de los usuarios, spam y marketing directo) se introducirán probablemente a partir de 2019.

Mientras tanto, los gestores de páginas web se rigen por el RGPD y por los principios generales de
protección de datos de la LOPD y de la LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de
Comercio Electrónico), que siguen vigentes hasta que se apruebe una nueva ley nacional que recoja y
concrete los principios del RGPD.
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Y la pregunta del millón: ¿Cuándo estará lista la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos? Esa es
una pregunta difícil de contestar. El nuevo texto, que fue presentado como anteproyecto de ley ante el
Consejo de Ministros el 24 de junio de 2017, se encuentra en fase de consultas, modificaciones e
información pública previa a su aprobación. Expertos, juristas y miembros de la oposición no están tan seguros de la respuesta y de hecho, son más bien de la opinión de que los plazos son demasiado justos. A esto hay que añadirle que ya ha habido que ampliar hasta tres veces el plazo de presentación de enmiendas, lo que complica aún más las cosas. Estos expertos confían más en que el texto esté listo para la segunda mitad del año. Ya veremos si España "hace los deberes".
 
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1Conviene puntualizar como excepciones que en datos de ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual, bastará la implantación de las medidas de seguridad de nivel básico cuando:
- Los datos se utilicen con la única finalidad de realizar una transferencia dineraria a entidades de las que son los afectados asociados o miembros.
- Se trate de ficheros o tratamientos no automatizados en los que de forma incidental o accesoria se contengan aquellos datos, sin guardar relación con su finalidad.
También podrán implantarse las medidas de seguridad de nivel básico en datos relativos a la salud, referentes exclusivamente al grado de discapacidad o la simple declaración de la condición de discapacidad o invalidez del afectado, siempre que sea con motivo del cumplimiento de deberes públicos (por ejemplo, para gestionar la declaración del IRPF).

2Es usual ver que casi todas las empresas han incorporado esta figura, inexistente en nuestra normativa y que nace en Alemania en 1977 (Ley Federal de Protección de Datos) influyendo decisivamente en su inclusión en la Directiva de 1995. El considerando 97 del RGPD dice que el responsable o el encargado del tratamiento de los datos debe contar con la ayuda de una persona con conocimientos especializados del Derecho y con práctica en materia de protección de datos si el tratamiento lo realiza una autoridad pública, a excepción de los tribunales u otras autoridades judiciales independientes en el ejercicio de su función judicial; si el tratamiento lo realiza en el sector privado un responsable cuyas actividades principales consisten en operaciones de tratamiento a gran escala que requieren un seguimiento habitual y sistemático de los interesados, o si las actividades principales del responsable o del encargado consisten en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales y de datos relativos a condenas e infracciones penales.. Tales delegados de protección de datos, sean o no empleados del responsable del tratamiento, deben estar en condiciones de desempeñar sus funciones y cometidos de manera independiente. El Delegado será designado por los denominados responsables y encargados de tratamiento antes de la de la fecha de la aplicación plena del Reglamento, atendiendo a sus cualidades profesionales y, en particular, a sus conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos y a su capacidad para desempeñar sus funciones.