No entraremos en aspectos de discusión de soberanía, proclives a crear un clima de patriotismo/patrioterismo que en nada ayuda a solucionar el contencioso (vale la pena detenerse un momento en la lectura del capítulo X del tratado de Utrecht de 1713, empezando por el mismo hecho de que lo que se cede es "la ciudad y castillo de Gibraltar" y no otras cosas, y redactado de tal forma que ambas partes - Gran Bretaña y España - pueden tener toda la razón).
No, el motivo de estas líneas es intentar aportar algo de luz al galimatías organizado en diferentes medios de comunicación, y por algún que otro "portacoz" acerca de si Gibraltar es o no es un paraíso fiscal, acudiendo para ello a diversas fuentes, todas ellas merecedoras del máximo respeto.
Veamos. En la antigua acepción de "paraíso fiscal" de acuerdo con el criterio de la época, Gibraltar se incluyó entre la casi cincuentena de nombres de territorios identificados como tales por el R.D. 1080/91, sin que tal identificación se viera alterada en posteriores revisiones o actualizaciones. Paralelamente, el nombre también aparecía en la relación similar publicada por la OCDE y que era el libro de cabecera para tales temas.
Sin embargo, para abreviar, poco a poco se fue imponiendo la idea del GAFI de admitir que cada territorio es libre de establecer el sistema fiscal que crea conveniente, y que lo importante es no acoger en esos territorios con fiscalidad o legislación favorables fondos originados por actividades delictivas, con especial énfasis dentro de éstas en el dinero negro. Así las cosas, se ha evolucionado desde "paraíso fiscal" a "territorio no cooperante", de forma que la clave está en que, con independencia del régimen fiscal de cada jurisdicción, su nombre está a salvo si cumple su compromiso de atender requerimientos de información sobre sus depositantes.
"¿Ciudad y castillo?" |
¿Qué pasa con Gibraltar?
Que el Peñón ha sido/es un centro de negocios con importantes indicios de servir para blanquear capitales ilícitos, y que su conexión con empresas y particulares de nacionalidad española es fundamental para su economía (recuérdese sin ir más lejos, la información conseguida con el caso "Ballena Blanca, pese a que, al final y a efectos prácticos, la ballena no pasara de boquerón), no es ningún secreto a estas alturas.Sin embargo tras una primera intentona en la reunión del G-20 de 2009, en 2010 Gibraltar consiguió que le incluyeran en
la lista de “jurisdicciones cooperantes” después de haber firmado convenios de colaboración con 18
países, pero no con España, que firmó protocolo de colaboración con el Reino Unido, pero, naturalmente, no directamente con Gibraltar por
no reconocer la soberanía. De aquí que la Roca esté limpia para la OCDE pero no para España.
No obstante España no ceja en su empeño de desenmascarar el doble juego de Gibraltar y, en ese sentido, el
ministerio de Hacienda ha pedido a Gibraltar datos
fiscales de numerosas sociedades amparándose
en una directiva de la Unión Europea relativa a la cooperación
administrativa en el ámbito de la fiscalidad., de forma que, en caso de no obtener respuesta, puede acreditar ante Bruselas que Gibraltar no coopera y ni siquiera cumple con la normativa
comunitaria, a pesar de estar incluido en la lista de la OCDE de
“jurisdicciones cooperantes”.
De esta forma, el Ejecutivo
español podría presionar en la Comisión Europea para que se obligue al
Reino Unido a facilitar información de Gibraltar, como ha ocurrido en la Isla de Man y otras islas del Canal, también paraísos fiscales dependientes de la metrópoli de Londres y de las que el
Gobierno británico se ha visto obligado a dar el paso para que esas
islas faciliten información, lo que no ha ocurrido con Gibraltar.
Por cierto, las consecuencias de que, finalmente, Gibraltar no coopere, pueden ser varias:
- De orden interno de España, ya que la Ley del Impuesto de Sociedades ya prevé que si se hacen negocios con este tipo de territorios se puede
modificar la lista española de paraísos fiscales mediante una simple
resolución de la Agencia Tributaria, como indica la Ley
antifraude, aprobada en el último trimestre de
2012. Así se invierte la carga de la prueba y es el contribuyente el que tiene que demostrar lo que ha hecho, lo que podría obligar a las
empresas o particulares españoles que operen con Gibraltar a cumplir
con unos “requisitos muy exigentes”(demostrar que la operación que ha hecho es real; que el importe de la
operación se corresponde con el normal del mercado; que la factura no es falsa...)
- De orden internacional, planteando en la OCDE la vuelta de Gibraltar a la lista de "no cooperantes", aunque ésto sea realmente difícil. En cualquier caso, si en la evaluación que
hace el Comité de Fiscalidad de la OCDE sobre el cumplimiento de los
acuerdos firmados con los paraísos fiscales, se observa que
reiteradamente no cumple, sí que podría tener consecuencias financieras para el
Peñón, sobre todo en cuanto a la radicación y el movimiento de
capitales, porque una de las aspiraciones de Gibraltar es que los fondos
de pensiones elijan este enclave para radicarse por su fiscalidad
favorable.
En conclusión, si España demuestra que Gibraltar está
contribuyendo al blanqueo de capitales y también las tramas de blanqueo
de dinero del terrorismo, y denuncia tales hechos, es por ahí por donde puede conseguir el apoyo internacional, soberanías aparte.
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