lunes, 29 de diciembre de 2014

Una reflexión (entre muchas) al acabar el año



A primeros de este diciembre que se acaba, se publicó por el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo), institución supranacional responsable de la creación y supervisión de las normas internacionales sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, que había finalizado la evaluación a la que estaba sujeta España acerca del sistema que tiene implementado para la lucha contra estas amenazas globales.

En ese informe (que puede consultarse clicando aquí) se reconoce que España ha creado un sistema potente para combatir esos graves delitos, pero también se reclama la necesidad de mejorar en ciertas áreas clave. Durante el desarrollo de los trabajos encaminados a completar la evaluación, el GAFI  ha podido comprobar que España dispone actualmente de leyes, reglamentos e instituciones sólidas para la lucha contra este tipo de amenazas, lo que ha permitido lograr éxitos importantes en la investigación y enjuiciamiento de casos de blanqueo de capitales, si bien, las penas de prisión impuestas son bajas, según el informe.
Aunque las autoridades españolas han sido eficaces en la lucha contra la financiación de grupos terroristas, sigue habiendo deficiencias en la aplicación de las sanciones financieras específicas, para permitir la congelación de activos relacionados con el terrorismo.
Las medidas aplicadas por entidades financieras y fedatarios públicos, resultan muy decisivas en el sistema preventivo español, para prevenir el uso indebido de las empresas como vehículo para llevar a cabo estos delitos. Sin embargo, su aplicación en otros sectores es variable.

En el acto de presentación del informa, el día 5 de diciembre en París, el Presidente del GAFI, Roger Wilkins, dijo:
“Felicitamos a España en los progresos que ha realizado desde su Evaluación 2006. El gobierno español ha hecho grandes esfuerzos para actualizar sus leyes e instituciones para hacer frente al blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo. Esta evaluación del GAFI reconoce que, en general, su enfoque está funcionando. Pero, por supuesto, siempre hay algo más que hacer, y el GAFI ha puesto de relieve una serie de acciones prioritarias para España a tomar “.

Hay que decir que el GAFI, en la Evaluación sobre España, considera que dentro de las medidas adoptadas, la aplicación de la ley de supervisión financiera, supone la primera revisión integral de lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo de un país, y que es, además, el primer sistema en completar las Recomendaciones del GAFI revisadas y adoptadas en 2012. 

Viene a cuento en este punto resaltar algunos de los párrafos que expuso el citado Wilkins  unos días después, el día 18, con motivo de la celebración de los 325 años del GAFI: 

"En un mundo donde las fronteras son cada vez menos relevante, y donde hay menos restricciones a los movimientos de mercancías, capitales y personas, es critica la tarea de establecer y garantizar la aplicación uniforme y coherente de las normas en todo el mundo.
 Los países tienden a confundir la congelación y confiscación de activos de origen delictivo, y la congelación de los fondos y bienes de los terroristas. No son la misma cosa. Las sanciones financieras específicas bajo sus resoluciones no requieren ninguna prueba o sospecha de un delito predicado. Pero, por desgracia, muchos países han tratado de utilizar los dispositivos de confiscación criminal para hacer el deber de las sanciones financieras específicas. Las normas revisadas del GAFI que estamos aplicando en esta nueva ronda de evaluaciones dejan claro que esa forma de proceder no es aceptable.

En un sistema global, las instituciones y las prácticas de cada persona son relevantes. Como se conoce bien, bajo nuestras nuevas normas, los países tendrán que hacer una evaluación adecuada  del riesgo país, que se vea la posibilidad si  participa en los flujos financieros ilícitos que puedan afectar a otros países o regiones”.

Creo que en algunos países son reticentes a la aplicación de una regulación firme sobre la base de las preocupaciones relacionadas con los derechos humanos. Nuestras normas dicen claramente que los derechos humanos, el Estado de Derecho, y terceros inocentes deben ser respetados,  a fin de aplicar las sanciones financieras específicas. Pero, yo creo que necesitamos colectivamente realizar más trabajo, para  una  demostración de cómo hacer esto”.

Visto lo cual, y traducido desde el lenguaje solemne de la ceremonia al lenguaje de la calle, cabe la reflexión de que, si estamos en un país en el que un alto responsable judicial ya admite que la ley está promulgada para los "robagallinas" (sic), y del que un organismo supranacional e independiente como es el GAFI alerta, además, de que las normas no deben ser paquetes bonitos de regalo envueltos en celofán (o en papel de embalar, según a qué se refieran), sino que se han de cumplir y.en su caso, sancionar debidamente, no debe extrañar el desapego ciudadano hacia toda aquella "clase" que exhibe la ley sólo para aquello que le conviene pero que se revela inmune a lo que no le conviene

viernes, 26 de diciembre de 2014

Serrat: los 71 años de un maestro



 Mañana, día 27 de diciembre, cumple 71 años Joan Manuel Serrat, referencia indiscutible de toda una época para la poesía y la canción, tanto en lengua catalana como castellana. Ahí nos quedan Paraules d'amor, La tieta, Pare,... pero también Poema de amor, Lucía, Mis gaviotas,... sólo por citar algunas en cada lengua.

Pocos discuten hoy la valía de Serrat, aparte de como autor, como divulgador de otros autores que dio a conocer poniendo música a sus poemas, como Antonio Machado, Miguel Hernández, Mario Benedetti, etc. en castellano o Joan Salvat Papasseit o Josep Vicenç Foix en catalán.
Quizá no deba  considerarse casual que el Serrat niño viviera en la duplicidad natural para el desarrollo emocional y social que representa tener un padre catalán y una madre castellana en un entorno humilde y, por tanto (lejos de afectaciones partidistas o grandilocuentes), absolutamente armónico en la convivencia y siendo capaz de aunar ambas culturas con normalidad. De ahí la aceptación general de su obra, que ha sabido aunar su propia sensibilidad en las letras con las influencias de la copla española (de la que siempre se ha considerado admirador respetuoso), el tango o el bolero junto a la música tradicional catalana. Emociona, por ejemplo, ver un paso de semana santa en una procesión de un pueblo andaluz acompañado por la música de su Saeta, de Machado, interpretada por la banda de música y perfectamente integrada en el recogimiento del momento (y no me refiero a las megaprocesiones montadas de cara al turismo sino a las que recogen en pueblos y ciudades una forma de expresar la religiosidad).

Uno de los capítulos que son más repetidos de su vida pública se sitúa en torno a la política, derivado únicamente del hecho de ser catalán, e iniciado por el famoso episodio de exigir cantar en catalán el eurovisivo tema La, la, la. (recordemos que su petición no fue admitida, el tema fue interpretado en castellano por Massiel y obtuvo el primer premio en el certamen de 1968). A raíz de ello se produjo un comprensible boicot por parte de TVE a sus actuaciones, lo que se vio agravado por su postura antifranquista en 1975, que originó que tuviera que exiliarse durante unos años.

Curiosamente, este exilio ayudó a "internacionalizar" el catalán, admitido con normalidad en sus actuaciones en Hispanoamérica y motivo de incomprensibles abucheos cuando esa actuación tiene lugar en algún escenario de España fuera de Catalunya, en un retorno de tics adornados de una agresividad en los defensores de la uniformidad a ultranza que uno creía que formaban ya  parte del pasado.

Estos dìas, la misma TVE con la que se produjo el encontronazo hace casi cincuenta años le ha dedicado un homenaje público que celebra también sus 50 años de carrera, y parte de cuyo visionado puede recuperarse clicando aquí como prueba evidente de la intergeneracionalidad y actualidad de su obra

Habría que dedicar mucho más que esta modesta entrada para glosar mínimamente la figura del personaje y, sobre todo, de la persona. Por eso solo cabe decir: FELICIDADES, MAESTRO.

domingo, 21 de diciembre de 2014

Un vistazo a la norma D'Hondt



 Aún falta algún tiempo para que se celebren las próximas elecciones aunque alguien podría dudarlo a la vista de la campaña perpetua en la que están inmersos prácticamente todos los partidos (o al menos, por lo que se aprecia objetivamente, aquellos que han descubierto de repente que una nueva formación llamada Podemos, en principio desdeñada y menospreciada por "el sistema" -todo indica que el menosprecio se ha trasladado ahora a las personas de Podemos, pero eso es otra historia- puede provocar un terremoto en la captación de votos y, por consiguiente, en la asignación de escaños, en las subvenciones que reciban y minucias así). En cualquier caso, quizá sea bueno recordar algo que, votación tras votación, se revela como motivo de amarga queja de las formaciones minoritarias, que argumentan que resultan perjudicadas por la asignación de escaños que confiere la Ley D'Hondt, eterna desconocida para el profano.

Hay que decir para empezar que no es cierto que la norma d'Hondt sea una ley sino un sistema matemático ideado por el jurista belga Víctor D'Hondt a finales del siglo XIX que permite obtener el número de cargos electos en proporción a los votos conseguidos por las candidaturas aunque no con proporcionalidad directa a ellos (de hecho dista mucho de la proporcionalidad cuando los votantes están divididos en numerosos distritos electorales con un número reducido de representación) 
El sistema está adoptado hoy por una veintena larga de países, (otros han optado por sistemas diferentes, entre otros el conocido como danés, el Sainte-Lagué,... ) y debe puntualizarse que si bien se utiliza mayoritariamente en el ámbito político, puede aplicarse para el cálculo de cualquier distribución proporcional.

Pero ¿es cierto que este sistema penaliza a los partidos minoritarios y beneficia a las grandes formaciones en la asignación de escaños? Nada mejor que acudir a un ejemplo práctico para entenderlo.


EJEMPLO DE REPARTOS DE ESCAÑOS POR EL SISTEMA D'HONDT

La atribución de escaños en función de los resultados del escrutinio se realiza conforme a las siguientes reglas:
- Se ordenan de mayor a menor, en una columna, las cifras de votos obtenidos por las candidaturas.

- Se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1, 2, 3, etcétera, hasta un número igual al de escaños correspondientes a la circunscripción, formándose un cuadro similar al que aparece más abajo. Los escaños se van atribuyendo a las candidaturas que vayan obteniendo los cocientes mayores, atendiendo a un orden decreciente.

- Los escaños correspondientes a cada candidatura se adjudican a los candidatos incluidos en ella, por el orden de colocación en que aparezcan:

Ejemplo práctico: 480.000 votos válidos emitidos en una circunscripción que elija ocho Diputados. Votación repartida entre seis candidaturas: A, B, C, D, E, F. 
A (168.000 v.) B (104.000 v.) C (72.000 v.) D (64.000 v.) E (40.000 v.) F (32.000 v.)
División
1
2
3
4
5
6
7
8
A
168.000
84.000
56.000
42.000
33.600
28.000
24.000
21.000
B
104.000
52.000
34.666
26.000
20.800
17.333
14.857
13.000
C
72.000
36.000
24.000
18.000
14.400
12.000
10.285
9.000
D
64.000
32.000
21.333
16.000
12.800
10.666
9.142
8.000
E
40.000
20.000
13.333
10.000
8.000
6.666
5.714
5.000
F
32.000
16.000
10.666
8.000
6.400
5.333
4.571
4.000

En la columna 1 se consignan los votos conseguidos por cada formación, y en las columnas sucesivas el resultado de dividir cada número de votos por 2, 3, 4,... hasta el último divisor que coincide con el número de escaños en disputa, en este caso, 8. 


Por consiguiente: la candidatura A obtiene 4 escaños, la candidatura B, 2 escaños y las candidaturas C y D, un escaño cada una, correspondientes a la asignación a los cocientes obtenidos, de mayor a menor, 168.000, 104.000, 84.000, 72.000, 64.000, 56.000, 52.000 y 42.000.

Según la norma, cuando en la relación de cocientes coincidan dos correspondientes a distintas candidaturas, el escaño se atribuirá a la que mayor número total de votos hubiese obtenido. Si hubiese dos candidaturas con igual número total de votos, el primer empate se resolverá por sorteo y los sucesivos de forma alternativa.  


En el ejemplo, ya puede verse que la formación A, con el 35 % de los votos ha conseguido el 50 % de los escaños, mientras que ya la E, con el 8,3 % de votos, no ha conseguido representación, con lo cual puede afirmarse que realmente favorece a las mayorías..

El ejemplo más claro de la desviación que puede provocar este sistema es, precisamente, la composición actual de nuestro Parlamento, en el que el PP tiene mayoría absoluta de escaños (más del 50 %) cuando el 56 % de ciudadanos, es decir, la mayoría, NO lo han votado. Que intente asimilar a ojos del ciudadano mayoría parlamentaria con mayoría social y gobierne con ese criterio, ya es, también, otra historia.