Este boletín es
complementario a los 37, 38 y 40 pasados, dedicados al tema genérico de los
paraísos fiscales, y pretende fijar la atención, con territorios cercanos, en
la diferencia que se observa en la práctica entre las declaraciones voluntariosas
habituales de las autoridades de todo el mundo y la tozuda realidad, casi
siempre teñida de color político, en dirección contraria a esas declaraciones.
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Cuando por la
razón que sea (por ejemplo, para organizar en vacaciones una ruta que nos
permita visitar y conocer mejor nuestro entorno) se piensa en los ríos que riegan
nuestros paisajes, es usual que uno tenga noción, más o menos aproximada, de su
localización en nuestra geografía e, instintivamente, se asocian con los lugares
donde nacen, en las sierras de Fontibre, Urbión, Cazorla, … para el Ebro,
Duero, Guadalquivir… excepto si se trata del Guadiana, envuelto en un halo de
misterio en cuanto a su nacimiento, vinculado a las lagunas de Ruidera[1] y a las
corrientes subterráneas de agua descubiertas entre ellas, lo que provoca el
lugar común de que el río “aparece y desaparece” por tramos hasta el momento en
que adquiere definitivamente continuidad como río, en su forma usual de
corriente de agua superficial.
De esta figura
natural nace en el lenguaje coloquial la expresión: "ser como el Guadiana",
que se usa cuando nos referimos a algo que ocurre sólo a intervalos,
normalmente irregulares, o cuando alguien o algo desaparece de improviso y
vuelve a aparecer sin avisar.
Y convendremos
en que el fenómeno (y la problemática real que se origina con él) de los
paraísos fiscales puede calificarse, sin margen de error, de Guadiana, ya que
un buen día se saca del cajón y se airea a los cuatro vientos para quitarle el
polvo, se mantiene expuesto un tiempo y, repentinamente y en silencio se vuelve
a guardar bajo siete llaves… hasta la próxima ocasión. Es curioso que en ambas
acciones (la de sacarlo a la luz y la de volver a guardarlo), la motivación
suele ser claramente política y no, como cabría esperar, de auténtica voluntad
de regularización de la actividad relacionada en beneficio de todos.
Eso se traduce
en que la “lucha” contra los paraísos fiscales, refugios financieros,
territorios offshore,… no sea sino escaparate de divergencias entre las metrópolis
de estas más que conocidas jurisdicciones laxas, y no pasa de su utilización
como arma arrojadiza entre ellas sin deseo real de afrontar la necesidad de su
desaparición.
Paraísos de andar por casa
Hay que
recordar, para empezar, algo a lo que ya nos hemos referido en entradas
anteriores, y es que el concepto de “paraíso fiscal” es cambiante en el tiempo
y adaptable a la situación socio-política del momento, y que en unos tiempos en
que la economía está basada en la globalización y, dentro de ella, en el libre
movimiento de capitales en prácticamente todo el mundo, es difícil prohibir que
cada hijo de vecino deposite su dinero o haga sus inversiones donde les
convenga, cumpliendo, eso sí ciertos requisitos legales (aspecto éste a cuya influencia prestaremos atención más adelante). No es menos cierto, sin embargo, que la
experiencia de seguimiento e investigación de numerosos episodios conexos con
paraísos fiscales apunta a la evidencia de que no todos los titulares de
cuentas en estos territorios son un ejemplo a seguir en sus acciones, por no
decir que engrosan una larga lista de delincuentes de todo pelaje, amparados
sobre todo por la tranquilidad que les proporciona el férreo secreto bancario
habitual de estas jurisdicciones. Es por eso que, poco a poco, el caballo de
batalla en la lucha contra los paraísos fiscales va dejando de ser el fijarse
en las condiciones fiscales u operativas de estos territorios pasando a
focalizar algo mucho más relevante y eficaz como es el poder llegar a un cierto
grado de normalidad en el intercambio de información sobre los depositantes,
sobre todo cuando se investiga la posible comisión de un delito económico.
Muestra evidente
de este cambio de óptica lo da la existencia y actualización (semestral por el
momento) de la lista de países inicialmente definidos como “no cooperantes” y
actualmente llamados “con deficiencias” por el GAFI[2] en la
lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo[3], con
independencia de los modelos fiscales que tengan implementados.
Según todo esto,
parece lógico deducir que la lucha contra el pernicioso efecto de los paraísos
fiscales empiece en las negociaciones, posiblemente duras, prolongadas en el tiempo y no
exentas de cierta “agresividad diplomática” para conseguir un intercambio de
información lo más fluido posible con todos estos territorios, hasta el punto no
descartable de alcanzar el desinterés en mantener en ellos sus depósitos
aquellos usuarios que puedan percibir que ha desaparecido de alguna manera el
secreto que los protegía.
Siguiendo esta
línea de pensamiento, parecería lógico empezar a negociar ese intercambio de
información con aquellas jurisdicciones donde se conozca o presuma que puedan
seguirse y regularizar un mayor número de depositantes y un mayor volumen de
depósitos. En lo que respecta a España, por cercanía podríamos estar hablando
de Andorra y de Gibraltar, ambos incluidos como paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/91, de 5 de julio , documento oficial que detallaba por primera vez los territorios
que cabía considerar “paraísos fiscales” y que, a fecha hoy, tienen igual
consideración gubernamental[4].
Ciertamente, a
la vista de la relación de países incluida en el Real Decreto (o de otras
listas, como las de la OCDE[5]), cabe
desechar, por aparente lógica, de unas primeras negociaciones, territorios que
podríamos calificar de exóticos y dedicarse a países cercanos o que se presumen
atractivos para potenciales usuarios españoles. Pero ¿es así? ¿Se han dado ya
pasos en este sentido con paraísos
cercanos como Andorra y Gibraltar, nuestros “paraísos domésticos”? No es que
sus casos sean representativos ni sintomáticos (ni por volumen ni, seguramente,
porque sean destino final de fraude fiscal de ciudadanos o empresas españolas)
pero su análisis sí que puede proporcionar pistas del interés real de nuestro
país en solucionar problemas más allá del eco mediático de ciertos comunicados
oficiales.
Para tomar
conciencia realmente de que la elección de un territorio considerado como
Paraíso fiscal, sea Andorra, Gibraltar o cualquier otro, no debe olvidarse que
la tendencia natural del uso de estas jurisdicciones ha ido pasando de forma
natural desde una inicial evasión y puesta a resguardo de capitales a una
actual más sofisticada evasión de impuestos (que frecuentemente se presenta
como “elusión”, para convencernos de que es “`pecata minuta” en el océano
general de las actividades financieras). En este sentido es interesante
recuperar una publicación del OMAL (Observatorio de Multinacionales en América
Latina) sobre el tema de paraísos fiscales que resulta ilustrativa: Los paraísos fiscales, como se entienden hoy, surgen en los años
sesenta con el desarrollo del mercado de “eurodólares”, gestionados libremente
por los grandes bancos internacionales esencialmente desde pequeñas islas y
enclaves. Su actividad se multiplica en la segunda mitad de los años setenta
debido al reciclaje de los “petrodólares”, extendiéndose a la City de Londres,
las islas del Canal de la Mancha, Luxemburgo, Bahrein, Singapur y el Caribe.
Pero cuando realmente florece este circuito financiero sumergido es con la
liberalización de los movimientos internacionales de capital impulsada por las
políticas neoliberales en los años ochenta…. Frente a los 25 que se
contabilizaban en los años setenta, en 2011 la coalición de organizaciones no
gubernamentales Tax Justice Network ha clasificado 72 jurisdicciones opacas
según su grado de secretismo financiero[6]….
Además de lavar dinero procedente de actividades ilegales, servir de refugio
fiscal a grandes fortunas, y permitir a los bancos y fondos de inversión
sortear la reglamentación financiera que todavía queda en sus países de origen,
los paraísos fiscales facilitan a las empresas multinacionales eludir el pago
de impuestos de forma legal…. Así Google, una empresa en constante crecimiento,
podía presumir en 2010 de haberse ahorrado 3.100 millones de dólares en
impuestos en los últimos tres años, pagando un tipo medio del 2,4% sobre sus
beneficios fuera de Estado Unidos. Para lograrlo, ha concentrado su actividad
fuera de Estados Unidos en Irlanda, por su baja tasa impositiva sobre los
beneficios (12,5%) y porque además le permite transferir la mayoría de sus
beneficios a una filial radicada en las Bermudas…. Pero aun así, se detecta una
la falta de voluntad política real para acabar con ellos, a pesar de solemnes
proclamas como la del G-20[7].
Se antepone la libre circulación global de capitales a controlar una de las
causas principales de las crisis financieras. Y se consiente una enorme elusión
fiscal al permitir que bancos, despachos de abogados y firmas de contabilidad
proporcionen opacidad legal y financiera a sus clientes.
Aquí, en esta
síntesis documental, podemos encontrar varias claves útiles para nuestra
reflexión:
-
- La evidencia de que, lejos de
atajarse, es un problema que crece
-
- No hay voluntad real de acabar con estos territorios
- - Es escandaloso para un sistema
económico en crisis permitir esos “juegos de manos” de ciertas multinacionales
que, además, se ufanan de eludir su contribución a la sociedad presentando esto
como producto de la aplicación de una “hábil ingeniería financiera”
Y es por este pequeño matiz, por el de conseguir que
todos contribuyan en relación con su posición económica, por el que continuaremos
reflexionando acerca de la situación de los paraísos “de estar por casa” en
España.
[1] Para ser
exacto, retórica de la exposición aparte, la fuente tradicional, o el punto de
surgencia principal histórica en que se considera que nace el Guadiana,
conocida como los “Ojos del Guadiana”
se sitúan en el término municipal de Villarrubia de los Ojos; existe, no
obstante, un tramo, llamado Guadiana Alto que nace en los alrededores de las
Lagunas de Navalcudia y que, posteriormente, se infiltra un poco más abajo de
las lagunas de Ruidera, por lo que se considera, de un modo mítico o
legendario, que este Guadiana Alto vuelve a aparecer en los Ojos del Guadiana como
si el río fuera una lombriz que volviera a ver la luz. Formalmente, la leyenda
del río que emerge de nuevo, si no exacta, al menos desde un punto de vista
hidrogeológico podría ser aceptada como un modelo real.
[2] El GAFI
(Groupe d'action financière sur le
blanchiment de capitaux o Grupo
de acción financiera contra el blanqueo
de capitales) o FATF (Financial
Action Task Force on Money Laundering), a la que ya nos hemos referido en
boletines anteriores sobre esta temática, es una institución
intergubernamental creada en el año 1989 por el grupo de países G7 (Estados
Unidos, Alemania, Francia, el Reino Unido, Italia, Japón y Canadá) con el
propósito de desarrollar y ayudar a implementar políticas que ayuden a combatir
el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Actualmente el GAFI
está integrado por 34 países más la Comisión Europea y el Consejo de
Cooperación para los Estados Árabes del Golfo Pérsico.
[3] Es
importante esta puntualización, que aboca a que, actualmente, la gran mayoría
de comisiones rogatorias en búsqueda de información incluyen en la relación de
delitos que se investigan y que justifican la citada comisión el de blanqueo de
capitales, con la esperanza de que su inclusión facilite la obtención de información.
[4] Señal
inequívoca de que con ellos no se ha podido aplicar lo que ordena el artículo 2
del propio RD 1080/91 (añadido por el apartado 2 del artículo 2º del Real
Decreto 116/2003, de 31 de Enero), que dice: “Los países y territorios a los
que se refiere el artículo 1 que firmen con España un acuerdo de intercambio de
información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición
con cláusula de intercambio de información dejarán de tener la consideración de
paraísos fiscales en el momento en que dichos convenios o acuerdos entren en
vigor.”
[5] No
existe una lista de paraísos fiscales
unificada, ya que cada país u organización aplica sus propios criterios de
valoración, muchas veces con un grado de subjetividad importante. La clasificación
más conocida, aparte del citado RD para España, es la efectuada por la OCDE (Organización para la Cooperación
y el Desarrollo Económicos). La lista fue elaborada por primera vez en junio
del año 2000 incluyendo 31 países y se ha ido actualizando en diversas
ocasiones, hasta el momento actual, según relación de noviembre de 2011, en que
la integran 2 territorios: Naurú y Niué.
[6] El
número de paraísos fiscales, insistimos, es diferente según se consulten las
listas publicadas por la OCDE, el FMI, el Senado de EEUU o las legislaciones
nacionales.
[7] La
cumbre del G-20 de abril de 2009, en Londres, proclamó el fin de la era del secreto bancario dando a entender que, con
base en una renovada lista elaborada por la OCDE, los paraísos fiscales iban a
desaparecer ante la amenaza de fuertes sanciones. Pero todo quedó en una
operación mediática.
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