viernes, 29 de marzo de 2013

¿Y si no es desahucio?

Los desahucios están, lamentablemente, de actualidad en nuestro país, pero, sin quitarles ni un ápice de la importancia que tienen, no puede olvidarse que en muchos otros casos, en los que no hay un inmueble al que "echar mano" para recuperar incumplidos por la atención de deudas contraídas a las que no puede hacerse frente, la Ley puede determinar el embargo de los bienes del deudor y, en ese caso, conviene tener noción de qué se puede y qué no se puede embargar, y si existe un orden de prelación. La práctica dice que en primer lugar se embargan los bienes que pueden venderse con más facilidad y que, en teoría, tengan menos valor para el ejecutado, aunque esto resulte discutible realmente.

Llegado el caso, los bienes se embargarán atendiendo al orden siguiente:
  • Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase.
  • Créditos, derechos a corto plazo, títulos, valores o instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores.
  • Joyas y objetos de arte.
  • Rentas en dinero, intereses y frutos de toda especie.
  • Bienes muebles o semovientes (animales que puedan tener un valor determinado por sus características, ganaderías, etc.), acciones, títulos o valores no admitidas a cotización oficial y participaciones sociales.
  • Bienes inmuebles.
  • Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas.
  • Otros créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo.
Existen, sin embargo, bienes inembargables para el ejecutado:
  • El mobiliario y el menaje de la casa y las ropas del deudor y de su familia, que no tenga consideración de superflua. Aquellos bienes como alimentos, combustible y otros que, a juicio del tribunal, resulten imprescindible para que el deudor y las personas dependientes de él puedan atender con razonable dignidad a su subsistencia.
  • Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado, cuando su valor no guarde proporción con la cuantía de la deuda reclamada.
  • Los bienes sacros y dedicados al culto de las religiones legalmente registradas. 
  • Las cantidades depositadas en planes y fondos de pensiones sujetos a la legislación vigente
En cuanto a los ingresos representados por sueldos y pensiones, es inembargable el salario mínimo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional. En cuanto al resto de salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones serán embargables según la siguiente escala:
  • Sobre la cuantía adicional que va hasta el doble del salario mínimo interporfesional, se podrá embargar el 30%
  • Hasta el importe equivalente a tres veces el salario mínimo interprofesional, el 50%.
  • Hasta el importe equivalente a cuatro veces el salario mínimo interprofesional, el 60%
  • Hasta el importe equivalente a cinco veces el salario mínimo interprofesional, el 75%.
  • Cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90%.
A estos porcentajes se les podrá aplicar una rebaja entre un 10% y un 15% en atención a las cargas familiares que se acrediten formalmente y sean admitidas como tales.
Si el ejecutado es beneficiario de más de una percepción, se acumularán todas ellas para deducir de una sola vez la parte inembargable. Igualmente se acumularán las retribuciones o equivalentes de los cónyuges cuando el régimen económico matrimonial no sea el de separación de bienes.
José María Gabriel y Galán
 Sobre el tema de los embargos y el drama que representan, viene a la memoria un poema del poeta extremeño José María Gabriel y Galán (1870-1905), escrito en un lenguaje que viene a ser una mezcla del antiguo castúo y castellano (no entraremos en purismos, pero el auténtico castúo es de más al sur de Badajoz y tiene unas características diferentes al que usa el poeta en su obra). El poema, con todo, no necesita traducción, y dice así:
Señol jues, pasi usté más alanti
y que entrin tos esos,
no le dé a usté ansia
no le dé a usté mieo…
Si venís antiayel a afligila 

sos tumbo a la puerta. ¡Pero ya s’ha muerto!
¡Embargal, embargal los avíos,
que aquí no hay dinero: 

lo he gastao en comías pa ella 

y en boticas que no le sirvieron; 

y eso que me quea, 

porque no me dio tiempo a vendello,
ya me está sobrando, 

ya me está gediendo!
Embargal esi sacho de pico, 

y esas jocis clavás en el techo, 

y esa segureja 

y ese cacho e liendro…
¡Jerramientas, que no quedi una! 

¿Ya pa qué las quiero? 

Si tuviá que ganalo pa ella, 

¡cualisquiá me quitaba a mí eso! 

Pero ya no quio vel esi sacho, 

ni esas jocis clavás en el techo,
ni esa segureja
ni ese cacho e liendro…
¡Pero a vel, señol jues: cuidaíto
si alguno de ésos 

es osao de tocali a esa cama
ondi ella s’ha muerto: 

la camita ondi yo la he querío 

cuando dambos estábamos güenos; 

la camita ondi yo la he cuidiau, 

la camita ondi estuvo su cuerpo
cuatro mesis vivo 

y una nochi muerto!
¡Señol jues: que nenguno sea osao 

de tocali a esa cama ni un pelo,
porque aquí lo jinco
delanti usté mesmo!
Lleváisoslo todu, 

todu, menus eso, 

que esas mantas tienin 

suol de su cuerpo… 

¡y me güelin, me güelin a ella
ca ves que las güelo!…

Dicho sea sin ánimo de desmerecer el sentido del poema, en la época en que se escribió, la cama ya era inembargable, como "enser no superfluo"

La crisis vista en Semana Santa

Llama la atención estos días, otrora de recogimiento y hoy de disfrute vacacional, en los que el hasta hace bien poco fuerte componente religioso ha pasado a ser poco más que un reclamo turístico de costumbres ancestrales, la comparación entre lo agudo y persistente de la crisis en la que estamos inmersos y la alta ocupación de hoteles en zonas turísticas así como el elevado número de viajeros que se observa en los aeropuertos, estaciones y demás lugares similares.

Porque ciertamente, la crisis aprieta y el sentimiento generalizado es el de desánimo, preocupación o miedo ante el escenario general en que nos encontramos. Pero no es menos cierto que, una vez más, se confirma que "la fiesta va por barrios" y es innegable que los efectos de la crisis no son iguales para todos; hay mucha gente a la que no le ha afectado mientras hay otros colectivos cuyo futuro está directamente destruido, por mucho que los poderes públicos se empeñen en presentar esos problemas como meros datos estadísticos.

Hay variados enfoques hacia el problema, pero el primer paso de todos ellos es el ser consciente del mismo, y no parece que quienes nos gobiernan, metidos de pies y manos en una insensata carrera a ver quién y cómo demuestra que es más austero, están dando lugar a que el tema se les vuelva abruptamente en contra y, entonces sí, no haya salida. Porque, salida, como las meigas gallegas, "haberla, hayla", y si no que se lo pregunten a Japón o Estados Unidos, que han sabido encarrilar positivamente la situación fuertemente desfavorable en la que se encontraban hace pocos años y hoy han reducido de forma importante sus cifras de paro y su economía está creciendo; aplicando medidas de austeridad, sí, pero no sólo con ellas. El caso de Alemania, atrapada en una feroz recesión el año 2004, con un desempleo que la desbordaba, que salió de la situación (con la ayuda, no lo olvidemos, del resto de socios de la UE) en años previos a la crisis. Otro gallo cantaría a la Sra Merkel, sus acólitos y sus recetas de austeridad über alles si la situación de hace una década se le reprodujera ahora. Esperemos, por cierto, que los indicadores de la evolución de la economía germana se enderecen de su tendencia negativa.


Pero volvamos a la reflexión inicial: la paradoja de esta crisis selectiva pone de manifiesto que hay sectores boyantes que, cuando menos, merecen cuidarse. Pero eso no basta: hacen falta medidas (no declaraciones vacuas de unos y otros) que permitan reactivar la economía, que den solución a muchos dramas humanos de paro de larga duración, de jóvenes que no encuentran un camino de futuro, de mayores de 45 años que ya son viejos para el mercado laboral, de desahucios (dejamos aparte la indispensable reforma de la Ley Hipotecaria para que, además de legal, sea justa) evitables si se recupera una fuente de ingresos....
Estaría bien que los poderes públicos conocieran (al menos, parecen desconocerlo) y aplicaran la economía social y no sólo la teórica, estadística y numérica que, dicho sea de paso, tampoco parecen dominar, a juzgar por las continuas rectificaciones que de las cuentas públicas se hacen desde el meollo de la UE.

martes, 26 de marzo de 2013

El desahucio preferente de Chipre

La actualidad no da tregua y a veces, como ahora, confluyen varias cosas que, si bien aisladamente ya provocan un cierto desasosiego, cuando se miran en conjunto hacen disparar los temblores y los sudores fríos. Es lo que ocurre estos días, para empezar, con la solución acordada por las autoridades de la UE (y admitida por su parlamento) al rescate de Chipre, que uno ya no sabe bien si es de su banca o de la economía del país.
Basta con leer la prensa, escuchar la radio o ver las múltiples tertulias televisivas para constatar que las medidas acordadas (impuestas) tienen detractores y seguidores, pero en un aspecto hay unanimidad, y es en el de haber traspasado la línea roja de la seguridad y confianza en el sistema a raíz de la quita a los depósitos, lo que ha originado las carreras y nervios en las bolsas de todo el mundo. Puede decirse que la teoría de la medida pasa por considerar que los titulares de los depósitos afectados son TODOS extranjeros atraídos por las favorables condiciones económico/financiero/fiscales que se les ofrecían, pero habrá que pensar que también haya ahorradores que con su esfuerzo han conseguido unos volúmenes que sobrepasan el mínimo que marca el límite de la quita.
Es inevitable en este punto recordar la responsabilidad de las autoridades de la UE que admitieron como socio a Chipre en 2008 (ya iniciada la crisis) sabiendo cómo era sus sistema financiero, con todas las trazas de ser un paraíso fiscal y que, para escarnio general, concedieron un aprobado a la banca de Chipre en el último test de stress en el que suspendieron algunas entidades europeas de cierto renombre.
Se ha puesto de manifiesto, además, que no hay un criterio único en la UE, condición inexcusable si se quiere avanzar en la idea de una Europa unida, y que eso de la "Europa de los ciudadanos" no pasa de ser un slogan cada vez más ajado, toda vez que se advierte el paso cambiado entre las declaraciones y las normas de la Unión y la realidad. Un primer ejemplo lo tenemos en lo expuesto de considerar a los impositores de la banca chipriota como parte de los bancos junto a los bonistas y accionistas (en este punto no tienen desperdicio las declaraciones de Merkel asegurando que había que felicitarse porque la solución a la que se había llegado era la de no pasar por los contribuyentes ¿no son contribuyentes los ahorradores, perjudicados por partida doble?). El segundo ejemplo, y con él cambiamos de tema, nos toca muy de cerca, como es el de las famosas preferentes cuyos titulares, como es sabido, son las víctimas de un atraco consentido; es cierto que estos instrumentos y otros similares se crean como modalidades de participación en el capital de una entidad y que, como tales, se vieron sometidos al cambio de condiciones para su canje y amortización establecidos por la UE. Sin embargo, una vez comprobado que en España se ofreció de forma masiva como una modalidad de ahorro seguro, las autoridades deberían haber averiguado quienes eran los autores del desaguisado para depurar responsabilidades y, acto seguido, consensuar con la UE una excepción temporal de la aplicación de la norma contable en tanto se buscaba una alternativa razonable de recuperación de los ahorros, aplicando el código penal cuando fuera necesario, en lugar de beneficiar la continuidad de entidades y personas a su frente que han demostrado, en el mejor de los casos, marcada ineptitud, y exigir el cumplimiento de una ley comunitaria para situaciones artificialmente lesivas.
Y con las leyes llegamos al tercer punto de conexión de hoy, el de los desahucios. Se demuestra aquí una vez más que el tempus de ciudadano y de los poderes públicos difiere notablemente. No es ya que éstos no se den por enterados de la última sentencia del Tribunal Europeo de Justicia que considera ilegales los actuales (¡desde hace veinte años!) desahucios basados en cláusulas abusivas paralizándolos de inmediato, sino que no se ve voluntad de reformar la Ley Hipotecaria, en una ceremonia de confusión que parece dirigida a favorecer a los bancos.


El grave riesgo que corremos todos es se está viendo que el problema de los desahucios se le está yendo de las manos al gobierno que sólo incurre en declaraciones altisonantes y salidas de tono en su fondo y en su forma ignorando que no puede exigirse igual actitud a quien se ve desprovisto de su casa que a quien reivindica la tranquilidad de poder dedicarse a la labor pública en cuya agenda, por cierto, no está priorizar el estudio de la salida de ese problema acuciante del ciudadano que le votó.

viernes, 22 de marzo de 2013

Enseñanzas del caso de Chipre

Cuando se redactan las líneas de esta reflexión, estamos aún asistiendo a las idas y venidas del gobierno de Chipre, de la Unión Europea, de Rusia de la Iglesia Ortodoxa,... en un frenético intento de llegar a una solución que sea aceptable para todos los actores de este sainete trágico y no siente un precedente peligroso para el futuro de toda la zona euro y, por extensión, para todo el mundo.
Pero, entre lo que se va sabiendo y lo que aún nos falta por saber, ya hay algunos aspectos que llaman poderosamente la atención y merecen una reflexión pausada (de urgencia, pero pausada):

- Sea cual sea la solución final, la primera evidencia es que el enfoque del problema ha hecho saltar por los aires dos pilares fundamentales: la confianza en el sistema por parte de los ciudadanos (a los que se había jurado y perjurado que, en las soluciones a esta crisis que ellos no habían provocado, estaban a salvo) y la propias políticas de la UE, una vez que se ha demostrado que "los mercados" exigen recortes para cobrar sin problemas sus préstamos institucionales y les importa un rábano cómo se consigan esos recortes.

- Se pone de manifiesto una vez más que la arquitectura del edificio que es la UE es deficitaria, que es posible que en su día hubiera un exceso de ingenuo buenismo o que no se calibraran adecuadamente los peligros de una unión monetaria sin que previamente se abordara la armonización fiscal, la normalizacíón de la unidad comercial, la unidad financiera y, finalmente, la económica y monetaria. La pregunta a estas alturas es si hay margen (de tiempo y medios) para corregir el error o ha llegado la hora, como abogan algunos, de rediseñar Europa, y de dejar en stand by el euro, del que saldrían en primer lugar los países del sur, empezando por Chipre, o, atendiendo a otras teorías, los países del norte, encabezados por Alemania. Es importante señalar que este posible rediseño europeo se basa (para algunos estudiosos calificados) en regiones, y no en estados, en función de su viabilidad económica y su presunta aportación a la idea común, barajándose seriamente la existencia de Catalunya y el norte de Italia como independientes.

Sin comentarios
- Sobre la base del punto anterior, en lo concerniente a la necesidad de armonización fiscal, es como puede analizarse el hecho de que Chipre, integrado en la UE, tuviera un régimen fiscal de los depósitos bancarios más favorable que el resto de sus socios europeos, convirtiéndose en un imán para capitales, especialmente rusos, de, al parecer, procedencia dudosa. Al respecto cabe recordar que Chipre ingresó en la UE en 2008 y hasta 2006 estaba catalogado como paraíso fiscal ¿No se sabía o se miró para otro lado? Afortunadamente (puntualizo: afortunadamente) para todos, el tamaño de las finanzas de Chipre es el 0,2 % de la UE, pero pensemos que en ese sistema financiero, los depósitos (casi la mitad de ellos de ciudadanos rusos), son siete veces el PIB del país. Este hecho confirma lo que los estudiosos del fenómeno de los paraísos fiscales vienen alertando desde siempre: cuando se aplican condiciones favorables para atraer capitales, la realidad indica que, muy frecuentemente son tantos los que llegan que pueden exceder la capacidad de controlarlos, y a veces (hay ejemplos sobrado) son esos capitales los que dominan a esa jurisdicción, y no al revés. Y una conclusión: ¿alguien piensa, a la vista del ejemplo de Chipre, que las declaraciones altisonantes sobre la necesidad de acabar con los refugios financieros puedan ser algo más que recursos retóricos? ¿cómo acabar con ellos si, por ejemplo, en este caso, cuando hay pocas dudas sobre el origen dudoso de muchos depósitos, han salido inmediatamente a la palestra en su defensa (de todos, no sólo de los limpios) las autoridades rusas, a las que, por cierto, ya acudió Chipre en demanda de ayuda y no se descarta que actualmente vuelvan a hacerlo?

lunes, 18 de marzo de 2013

El embrollo de Chipre

La publicación de las condiciones impuestas a Chipre para formalizar el rescate de su economía ha originado un tsunami de alcance y resultados aún por ver.
Y es que, por primera vez, se ha traspasado la línea de confianza en el sistema que han (hemos) de tener todos los ciudadanos. Cabe puntualizar que esa expresión de "por primera vez" no es un recurso retórico sino que, en puridad, puede repetirse en otras acciones futuras, digan lo que digan los diferentes gobiernos, cuando la situación, como en este caso, se presenta como un chantaje en toda regla: "o se admite la quita a todos los depósitos o se deja caer la economía del país. Voten ustedes.", con lo que la votación prevista para hoy en el Parlamento chipriota no pasa de ser una escenificación de un mal trago que se presenta como imprescindible, como ya ha declarado su recientemente elegido primer ministro.

Antes de continuar, repasemos el marco: la República de Chipre, de una extensión algo menor de la cuarta parte de Catalunya, ocupa la parte sur de la isla de Chipre, cuya parte norte es la República Turca de Chipre después de la ocupación de esa parte de la isla por Turquía hace casi cuarenta años. La población de la República de Chipre, miembro de la UE, no llega al millón de habitantes y su economía, equivalente al 0,2 % del total de la UE, se basa en el turismo, los cítricos,... y el sistema financiero, con unos activos en su banca que llegan a ocho veces su PIB.

Ese volumen de su sistema se fundamenta sobre todo en la laxitud de su régimen fiscal, unido a los lazos históricos que le unen a Rusia, al Reino Unido y a Grecia, lo que ha originado, por una parte, un gran atractivo de capitales de procedencia por aclarar aportados desde Rusia, un importante número de cuantas de empresas británicas, y, por otra parte, una enorme dependencia de Grecia, a la que hicieron cuantiosas inversiones en bonos cuyo valor se vio seriamente afectado por las condiciones impuestas por la UE en el rescate a la economía helena.

Precisamente la lucha contra la opacidad del origen de capitales rusos se ha esgrimido como argumento para defender la eficacia de la tasa a los depósitos, pero, si eso fuera así, ¿no hubiera sido razonable también implantar igual medida a jurisdicciones de todos conocidas, paraísos fiscales, cuya metrópoli es, por ejemplo, Londres o La Haya? Pero es que, además, como quiera que la quita impuesta se viene avisando desde hace años como parte de la negociación del rescate (para ser exactos, de la misma forma que la subida del IVA entre nosotros, diciendo una y otra vez que no se aplicaría), los capitales extranjeros más relevantes ya "han volado", y la penalización se reduce a los ahorradores nacionales.

Es este último factor lo que produce la preocupación general y, muy en particular, la de los ciudadanos de los países rescatados como Portugal, Grecia, Irlanda, España y, en menor medida, de otros como Italia, y lo que justifica la declaración de Draghi de que el problema, pese a ceñirse a un país que, como hemos apuntado, sólo representa el 0,2 % de la economía de la UE, es sistémico porque afecta a la línea de flotación de la confianza en el sistema. No deja de ser llamativa al respecto la unanimidad de los representantes del FMI, del BCE, del Eurogrup, de la Comisión Europea y del Mecanismo Europeo de Estabilidad cuando afirman al unísono que las medidas adoptadas evitarán la quiebra descontrolada de los bancos chipriotas que tendrían consecuencias nefastas para la eurozona, y permitirán preservar la estabilidad en ella.

¿Chipre: pilares que se derrumban?
Y eso cuando empieza su andadura en España el decreto sobre las jubilaciones, cuando la economía británica (fuera del euro) encara su tercera recesión en cuatro años y cuando las cuentas de Alemania empiezan a estar seriamente en entredicho. ¿Qué salida queda sino una revisión a fondo del sistema)

sábado, 16 de marzo de 2013

Leyes vs- justicia

La reciente publicación, el día 14 de este mes de marzo, por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de la Sentencia en el asunto C-415/11 Mohamed Aziz / Catalunyacaixa mediante la que propinan un varapalo importante a los legisladores y gobiernos españoles (en plural, porque desde el año 1993 ha habido varios) en lo relativo a lo que venía siendo clamor popular, es decir, la evidencia de que la Ley Hipotecaria que padecemos está pidiendo a gritos una revisión, de formas, pero, sobre todo, de fondo, ofrece algunos aspectos conexos en los que quizá vale la pena reparar. Entre otros:

- La sentencia hace referencia al incumplimiento por parte de España de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con 
consumidores (DO L 95, p. 29), es decir, de una Directiva del año 1993 (¡hace VEINTE años!),. lo que significa que los diferentes gobiernos no se han preocupado de revisar las leyes concernientes a la misma y han mantenido a sabiendas una legislación que permitía la existencia de esas cláusulas abusivas a las que se hace mención. (¿De verdad es eso gobernar pensando en el bienestar de los españoles?)

- Sorprende esta lentitud en la transposición de la Directiva, que únicamente pretende acabar con algunos abusos que sufrimos los consumidores, con la celeridad en lograr el consenso (?), quebrantar la Norma en la tramitación del procedimiento y modificar en un fin de semana la Constitución cuando lo que se pretende es contentar a los mercados en temas presupuestarios. En plata, primar el pago de intereses de deuda sobre, por ejemplo, la inversión en sanidad.

- El gobierno ha perdido legitimidad en su actitud de que lo más importante es "hacer cumplir la Ley" cuando han mantenido como vigente, precisamente contraviniendo la Ley que les obligaba a su transposición, una Ley que ya se afirmaba que era inmoral, pero que ahora, además, se proclama oficialmente que es injusta. Sin ánimos de populismo, y pensando en la no retroactividad de la sentencia, ¿cómo piensa el gobierno resarcir a todos los perjudicados a los que su incompetencia ha hecho perder, en algún caso, incluso la vida?

- No deja de llamar la atención que la sentencia nace del planteamiento de una cuestión prejudicial desde un juzgado de lo mercantil de Barcelona, y es de alabar la sensibilidad mostrada por muchas personas dentro del estamento judicial, pero de aquí nace algunas preguntas. ¿Ningún otro juez advirtió de la indefensión del ciudadano en algunas de estas causas que le llegaban? ¿Tan hermética era la actuación del Poder Judicial que fue necesario acudir a instancias europeas para plantear la cuestión? ¿Tan alejado de la realidad estaba/está el Gobierno como para no escuchar las demandas de una de las partes mientras ayudaba, con el dinero de todos, eso sí, a la otra parte?

Volvemos a repetir lo que resulta obvio desde hace tiempo: en lugar de embarcarse en leyes-parche que son inútiles como la pergeñada en torno a los desahucios, lo que resulta cada vez más imprescindible es la revisión de una Ley Hipotecaria antigua e injusta. Si se cambió en un plis-plas la Constitución para contentar a los mercados, no debe ser tan difícil cambiar una Ley para beneficiar a todos los españoles, incluso los bancos, que ganarían en transparencia y seriedad.


Para finalizar, incluimos la posibilidad de consultar aquí el Comunicado de Prensa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el que se resume la sentencia en lugar de ésta que, por otra parte, merece ser leída con atención por la contundencia de su análisis y la eficacia de su exposición, que no deja resquicios a la interpretación sesgada.


miércoles, 13 de marzo de 2013

Riesgo de blanqueo de capitales por países: España

El pasado día 5 se marzo, el Departamento de Estado de los Estados Unidos publicó el informe anual sobre estrategia para control de narcóticos (International Narcotics Control Strategy Report - INCSR) cuyo segundo volumen se dedica a detallar la actuación de la comunidad internacional ante el blanqueo de capitales y delitos financieros, deteniéndose en el análisis de las medidas tomadas para mejorar sus sistemas de prevención o represión. Se establecen así tres categorías de países según la importancia que tienen en ellos las transacciones financieras afectadas por el blanqueo de capitales.
El criterio de clasificación es diferente del usado por el GAFI (centrado en el nivel de cumplimiento de  los estándares legales y de cooperación internacional) ya que la preocupación reflejada en el INCSR obedece a que el país presente debilidades de regulación y/o supervisión o, simplemente, porque por su sistema financiero circule un gran volumen de transacciones que pueden esconder operaciones
vinculadas al delito; por ello no debe de extrañar que Francia, Reino Unido o los propios Estados Unidos se clasifiquen como de gran preocupación.
La lista de 64 países de "preocupación primaria", en la que se encuentra España, es la misma del último informe, después de la incorporación en 2011 de Curaçao y St.Marteen, entidades autónomas de Holanda que sirven como tránsito de drogas entre Sudamérica y Europa.

Por lo que respecta a España, incluido como se apunta en la relación de 64 países de preocupación primaria, extractamos algunos aspectos del informe (que puede consultarse íntegramente, en inglés, clicando aquí) a continuación:


España es uno de los grandes centros europeos en el blanqueo de capitales, así como una importante puerta de entrada de droga en Europa desde América del Sur y desde el Norte de África, aunque la aplicación de la ley española en la lucha contra la delincuencia organizada, el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales durante los últimos cinco años ha reducido el atractivo del país como punto de entrada.
El blanqueo se relaciona con el tráfico de drogas, la delincuencia organizada, el apoyo financiero para el terrorismo y la evasión tributaria. El producto del delito se sigue  invirtiendo en inmuebles en zonas costeras otrora en auge en el este y sur del país, pero también en otros sectores como servicios, comunicaciones, automóviles, obras de arte y el sector financiero. Que desde España se tenga acceso a las instituciones financieras europeas permite la introducción de fondos ilícitos en el sistema financiero mundial con más facilidad.
El hachís de Marruecos y la cocaína de América Latina entran en el país y se distribuyen y se venden en toda Europa, regresando a España con frecuencia el producto del delito. Los servicios informales de transferencia de dinero también facilitan las operaciones de efectivo entre España y América Latina. Las fuerzas de seguridad citan la existencia de una tendencia emergente consistente en la entrada de drogas y dinero delictivos en España desde los nuevos miembros  de la Unión Europea (UE) que tienen capacidades coercitivas y de represión menos potentes.
La evasión de impuestos en los mercados internos también sigue siendo una fuente de fondos ilícitos en España. 

España siempre ha combatido las organizaciones terroristas, tanto nacionales como extranjeras, y se han identificado diversas vulnerabilidades que incluyen las donaciones para financiar organizaciones sin fines de lucro;  el establecimiento de empresas editoriales que imprimen  y distribuir libros o revistas con fines de propaganda, fraude fiscal; el establecimiento de "asociaciones culturales"; y otros sistemas informales de envío de transferencias conocidos como locutorios (centros de comunicación que a menudo ofrecen servicios de transferencia) que  se usan para mover dinero en y fuera de España, haciendo pequeñas transferencias internacionales para los miembros de la comunidad inmigrante. Los reguladores españoles también han notado la presencia de redes de hawala en la comunidad musulmana.
En abril de 2010, España aprobó una ley para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo que introduce un enfoque basado en el riesgo e impone requisitos estrictos para las entidades financieras, así como para las actividades y profesiones no financieras designadas. Además, la ley aumenta en gran medida la capacidad de las autoridades para combatir la financiación del terrorismo, estableciendo mayores  requisitos a las entidades financieras y otras empresas, y por incremento de las penas y la vigilancia y supervisión. La ley entró en vigor de inmediato; sin embargo, los reglamentos de aplicación no se aprobarán, previsiblemente) hasta 2013 y hasta entonces, muchas de sus disposiciones no se aplican. En el ínterin sigue en vigor el reglamento de la ley de 2005. España debería implementar las disposiciones de la nueva ley.



El gobierno español ha aumentado sus esfuerzos para luchar contra el fraude y abordar el tema de la economía sumergida mediante una ley antifraude que entró en vigor el 31 de octubre de 2012 que restringe las transacciones en efectivo entre las empresas y los profesionales y también establece una nueva obligación de informar sobre los activos en el extranjero y amplía la responsabilidad en la sucesión de empresas, entre otras medidas.

En 2010, la Red de lucha contra los Delitos Financieros (FinCEN), la unidad de inteligencia financiera de los EE.UU., suspendió el intercambio de información con su homólogo español, el Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) debido a una divulgación no autorizada de información del FinCEN por parte de las autoridades españolas. Este intercambio podrá reanudarse mediante la negociación de una versión actualizada de un memorando de entendimiento Las fuerzas de seguridad y el poder judicial, en todo caso, intercambian  información con los EE.UU. relacionada con el blanqueo de capitales.
Actualmente España no hace seguimiento del número total de procesamientos y condenas por delitos de blanqueo de capitales. Cuando el blanqueo se produce en conjunción con un delito determinante, sólo el delito determinante es registrado en las bases estadísticas, por lo que las cifras sobre los delitos de blanqueo sólo reflejan aquellos casos en los que la condena fue precisamente por blanqueo por sí solo, sin otro delito. España debe mantener y difundir las estadísticas sobre las investigaciones y procesos judiciales.