miércoles, 13 de marzo de 2013

Riesgo de blanqueo de capitales por países: España

El pasado día 5 se marzo, el Departamento de Estado de los Estados Unidos publicó el informe anual sobre estrategia para control de narcóticos (International Narcotics Control Strategy Report - INCSR) cuyo segundo volumen se dedica a detallar la actuación de la comunidad internacional ante el blanqueo de capitales y delitos financieros, deteniéndose en el análisis de las medidas tomadas para mejorar sus sistemas de prevención o represión. Se establecen así tres categorías de países según la importancia que tienen en ellos las transacciones financieras afectadas por el blanqueo de capitales.
El criterio de clasificación es diferente del usado por el GAFI (centrado en el nivel de cumplimiento de  los estándares legales y de cooperación internacional) ya que la preocupación reflejada en el INCSR obedece a que el país presente debilidades de regulación y/o supervisión o, simplemente, porque por su sistema financiero circule un gran volumen de transacciones que pueden esconder operaciones
vinculadas al delito; por ello no debe de extrañar que Francia, Reino Unido o los propios Estados Unidos se clasifiquen como de gran preocupación.
La lista de 64 países de "preocupación primaria", en la que se encuentra España, es la misma del último informe, después de la incorporación en 2011 de Curaçao y St.Marteen, entidades autónomas de Holanda que sirven como tránsito de drogas entre Sudamérica y Europa.

Por lo que respecta a España, incluido como se apunta en la relación de 64 países de preocupación primaria, extractamos algunos aspectos del informe (que puede consultarse íntegramente, en inglés, clicando aquí) a continuación:


España es uno de los grandes centros europeos en el blanqueo de capitales, así como una importante puerta de entrada de droga en Europa desde América del Sur y desde el Norte de África, aunque la aplicación de la ley española en la lucha contra la delincuencia organizada, el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales durante los últimos cinco años ha reducido el atractivo del país como punto de entrada.
El blanqueo se relaciona con el tráfico de drogas, la delincuencia organizada, el apoyo financiero para el terrorismo y la evasión tributaria. El producto del delito se sigue  invirtiendo en inmuebles en zonas costeras otrora en auge en el este y sur del país, pero también en otros sectores como servicios, comunicaciones, automóviles, obras de arte y el sector financiero. Que desde España se tenga acceso a las instituciones financieras europeas permite la introducción de fondos ilícitos en el sistema financiero mundial con más facilidad.
El hachís de Marruecos y la cocaína de América Latina entran en el país y se distribuyen y se venden en toda Europa, regresando a España con frecuencia el producto del delito. Los servicios informales de transferencia de dinero también facilitan las operaciones de efectivo entre España y América Latina. Las fuerzas de seguridad citan la existencia de una tendencia emergente consistente en la entrada de drogas y dinero delictivos en España desde los nuevos miembros  de la Unión Europea (UE) que tienen capacidades coercitivas y de represión menos potentes.
La evasión de impuestos en los mercados internos también sigue siendo una fuente de fondos ilícitos en España. 

España siempre ha combatido las organizaciones terroristas, tanto nacionales como extranjeras, y se han identificado diversas vulnerabilidades que incluyen las donaciones para financiar organizaciones sin fines de lucro;  el establecimiento de empresas editoriales que imprimen  y distribuir libros o revistas con fines de propaganda, fraude fiscal; el establecimiento de "asociaciones culturales"; y otros sistemas informales de envío de transferencias conocidos como locutorios (centros de comunicación que a menudo ofrecen servicios de transferencia) que  se usan para mover dinero en y fuera de España, haciendo pequeñas transferencias internacionales para los miembros de la comunidad inmigrante. Los reguladores españoles también han notado la presencia de redes de hawala en la comunidad musulmana.
En abril de 2010, España aprobó una ley para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo que introduce un enfoque basado en el riesgo e impone requisitos estrictos para las entidades financieras, así como para las actividades y profesiones no financieras designadas. Además, la ley aumenta en gran medida la capacidad de las autoridades para combatir la financiación del terrorismo, estableciendo mayores  requisitos a las entidades financieras y otras empresas, y por incremento de las penas y la vigilancia y supervisión. La ley entró en vigor de inmediato; sin embargo, los reglamentos de aplicación no se aprobarán, previsiblemente) hasta 2013 y hasta entonces, muchas de sus disposiciones no se aplican. En el ínterin sigue en vigor el reglamento de la ley de 2005. España debería implementar las disposiciones de la nueva ley.



El gobierno español ha aumentado sus esfuerzos para luchar contra el fraude y abordar el tema de la economía sumergida mediante una ley antifraude que entró en vigor el 31 de octubre de 2012 que restringe las transacciones en efectivo entre las empresas y los profesionales y también establece una nueva obligación de informar sobre los activos en el extranjero y amplía la responsabilidad en la sucesión de empresas, entre otras medidas.

En 2010, la Red de lucha contra los Delitos Financieros (FinCEN), la unidad de inteligencia financiera de los EE.UU., suspendió el intercambio de información con su homólogo español, el Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) debido a una divulgación no autorizada de información del FinCEN por parte de las autoridades españolas. Este intercambio podrá reanudarse mediante la negociación de una versión actualizada de un memorando de entendimiento Las fuerzas de seguridad y el poder judicial, en todo caso, intercambian  información con los EE.UU. relacionada con el blanqueo de capitales.
Actualmente España no hace seguimiento del número total de procesamientos y condenas por delitos de blanqueo de capitales. Cuando el blanqueo se produce en conjunción con un delito determinante, sólo el delito determinante es registrado en las bases estadísticas, por lo que las cifras sobre los delitos de blanqueo sólo reflejan aquellos casos en los que la condena fue precisamente por blanqueo por sí solo, sin otro delito. España debe mantener y difundir las estadísticas sobre las investigaciones y procesos judiciales.



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